Blog

¿Qué es la deuda pública?

Diseno Sin Titulo 8 Servicios Legales

La Dirección General de Crédito Público, dependencia del Ministerio Hacienda, define la deuda pública como aquellas obligaciones resultantes de operaciones de crédito público, contraídas por instituciones que conforman el sector público. En cambio, el Ministerio de Hacienda de Chile lo define como las obligaciones financieras (bonos, préstamos) contraídas por el gobierno, a través de las cuales se compromete a pagar intereses y el préstamo original en ciertas fechas determinadas.

La deuda pública, según Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se refiere a los montos adeudados por los diferentes niveles de gobierno y que se utiliza para financiar los déficits públicos resultantes de programar un mayor nivel de gasto público que los ingresos presupuestados. La deuda puede ser adquirida dentro del mismo país o en el extranjero y por lo general asume la forma de bonos, papeles y valores gubernamentales (aunque en algunos casos la deuda es adquirida directamente a través de un organismo supranacional como el FMI).

¿Cuáles son las operaciones de crédito público?

La Ley núm. Ley No. 6-06 , define el Crédito Público como la capacidad que tiene el Estado para endeudarse con el objeto de captar recursos a fin de realizar inversiones reproductivas, reestructurar su organización, atender casos de emergencia nacional y refinanciar sus pasivos.

De acuerdo con la Ley No. 6-06 de Crédito Público, son operaciones de crédito público:

  1. La contratación de préstamos con las instituciones financieras bilaterales, multilaterales u otra que operan en los mercados de crédito nacionales o internacionales.
  2. La emisión y colocación de títulos, bonos y otras obligaciones financieras.
  3. La emisión de letras del Tesoro cuyo vencimiento supere el ejercicio presupuestario en el que fueron emitidas.
  4. La ejecución de contratos de bienes, obras o servicios cuyo pago total o parcial se estipule realizar en más de un ejercicio financiero posterior al que se haya devengado el gasto.
  5. La deuda contingente que pueda generarse por el otorgamiento de avales, fianzas o garantías, cuyo vencimiento exceda al ejercicio fiscal.
  6. Toda operación de renegociación, consolidación o conversión de la deuda pública que tenga por objeto refinanciar o reestructurar pasivos públicos.

Naturaleza de la deuda pública

Para financiar sus actividades, el sector público puede utilizar esencialmente tres medios:

  • Impuestos y otros recursos ordinarios (precios públicos, transferencias recibidas, tasas, etc.).
  • Creación de dinero, mediante un proceso de expansión monetaria.
  • Emisión de deuda pública.

Pero además de esto, el Estado puede utilizar la deuda como instrumento de política económica y en este caso debe aplicar la política de deuda que considere en cada momento más apropiada a los fines que persigue.

La deuda pública puede afectar, de una manera más o menos directa, a variables económicas de las que depende básicamente el funcionamiento real de la economía, tales como la oferta monetaria, el tipo de interés, el ahorro y sus formas de canalización, bien sea nacional o extranjero, e intermunicipal, etc.

La deuda pública es la obligación que tiene el Estado por los préstamos totales acumulados que ha recibido o por los que es responsable, expresándose a través del valor monetario total de los bonos y obligaciones que se encuentran en manos del público.

Clasificación de la deuda pública

La deuda se puede clasificar por:

  1. Fuente de deuda: Externa e Interna.
  2. Por tipo de acreedor: Multilateral, Bilateral, Bonos, Banca Comercial y Suplidores
  3. Por tipo de interés: Fija, Flotante, Indexada
  4. Por tipo de moneda: Local y Extranjera
  5. Por plazo: Corto, Mediano y Largo Plazo.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derechos económico. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
???? 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín