Blog

¿Qué es el principio dispositivo?

Diseno Sin Titulo 20 1 Derecho
Principio general de derecho procesal según el cual las partes pueden dirigir en todo momento el proceso, cuyo inicio, transcurso y terminación queda en sus manos, y que en el proceso laboral está más limitado que en los procesos civiles.
Llamase principio dispositivo aquel en cuya virtud se confía a la actividad de las partes tanto el estímulo de la función judicial como la aportación de los materiales sobre los cuales ha de versar la decisión del juez. La vigencia de este principio se manifiesta en los siguientes aspectos: iniciativa, disponibilidad del derecho material,
impulso procesal, delimitación del thema decidendum, aportación de los hechosaportación de la prueba.

A cada uno de ellos nos referimos seguidamente.

A) iniciativa. El proceso civil sólo puede iniciarse a instancia de parte (nemo iudex sine actore; ne procedat iudex ex oficio).

B) disponibilidad del derecho material.

Poder de disposición sobre el derecho material

Si los derechos e intereses jurídicos que se pueden discutir en el proceso civil son del dominio absoluto de los particulares, a nadie se le puede constreñir u obligar a solicitar su tutela jurisdiccional o a ejercitar su defensa ante los Tribunales.

Como consecuencia de la hegemonía del principio dispositivo en el proceso civil, la práctica totalidad de los conflictos regidos por el Derecho Privado están presididos por el principio de «oportunidad» en el ejercicio del derecho de acción, que pertenece al dominio de los particulares.

Poder de disposición sobre la pretensión

Las partes no son sólo dueñas del ejercicio de la acción y de la incoación, por tanto, del proceso, sino que lo son también de la pretensión y del proceso mismo, pudiendo disponer de él a través de una serie de actos, que, con la fuerza de la cosa juzgada (allanamiento renuncia, transacción), o sin ella (desistimiento, caducidad) han de producir la terminación anormal del procedimiento, con anterioridad a la sentencia definitiva.

Vinculación del órgano jurisdiccional a las pretensiones de las partes

El poder dispositivo de las partes conduce a la obligación de congruencia del Juez con respecto a las pretensiones de las partes.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho civil. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
???? 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín