El principio de dependencia jerárquica existe exclusivamente para garantizar la unidad de actuación del Ministerio Fiscal en todo el territorio nacional, siendo necesario para garantizar la seguridad jurídica y la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Este principio esta basado en la unificación de criterio y de actuación de las funciones propias del ministerio público para evitar interferencias o duplicidad de funciones.
«El Principio de Unidad adquirió rango constitucional a partir de la reforma del 2010, pues en su artículo 170 en nuestra carta magna se dispuso que el Ministerio Público ejerce sus funciones conforme a los principios de legalidad, objetividad, unidad de actuaciones, jerarquía, indivisibilidad y responsabilidad. Tal postulado tiene como principal consecuencia la configuración de un supuesto de unidad que opera desde el punto de vista orgánico y territorial. De este modo, se organiza un Ministerio Público único y se admite la posibilidad de sustituir un fiscal por necesidad operacional o de servicio por el superior inmediato, presumiendo que cualquier de sus miembros compromete al Ministerio Público como institución, en virtud de que todas las actuaciones realizadas en ejercicio de la persecución penal o en defensa del organismo, derivan de la facultad de representación del Estado que recae sobre el órgano. Las reglas de distribución del trabajo entre sus diversos integrantes no responden, como entre los jueces, a un ideal de distribución de competencia legal, sino a una forma necesaria para atender los numerosos asuntos que deben tratar: de allí que el derecho de dar órdenes para la tarea, pueda consistir, además de, en la facultad genérica de dar instrucciones, generales o particulares.»
La Ley Orgánica del Ministerio Público 133-11, recoge entre sus principios el de unidad de actuación de los miembros del ministerio público o fiscal, cuando expresa que «El Ministerio Público es único para todo el territorio nacional. Cada miembro del Ministerio Público encargado de la investigación actúa ante toda jurisdicción competente, impulsa la acusación o cualquier otro acto conclusivo, sustenta los recursos que correspondan y lo representa íntegramente en todo el territorio de la República. El Procurador General de la República puede emitir instrucciones generales para homogeneizar las actuaciones del Ministerio Público. Los miembros del Ministerio Público deben cumplir sus cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la duplicación o interferencia de funciones.
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