La patria potestad reúne el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre los hijos menores o no emancipados. De esta manera se establecen los deberes que se deben cumplir para garantizar el bienestar de los hijos.
Ambos progenitores tienen la patria potestad compartida de los hijos desde el momento de su concepción. Las obligaciones que surgen de esta son irrenunciables y se mantienen aún después de un proceso de divorcio.
Terminación de la patria potestad
La patria potestad concluye de pleno derecho o mediante decisión judicial.- Algunos autores clasifican los modos de extinción en normales, pues responden a hechos jurídicos o actos lícitos de padres o hijos, y anómalos, entendiendo por tales aquellos casos en los que la conducta ilícita de los padres es sancionada por los jueces, o se encuentra incapacitados para afrontar las responsabilidades paternas.
Entonces la patria potestad se extingue acaba cuando:
1) Los hijos llegan a la mayoría de edad.
2) Los hijos menores de edad contraen matrimonio (en Rep. Dominicana se ha prohibido el matrimonio con menores de edad).
3) Los hijos menores de edad o los padres, fallecen.
4) Los hijos menores de edad son adoptados.
Efectos de la terminación de la autoridad parental o patria potestad
1- Si la terminación se produce respecto de ambos padres de niños, niñas y adolescentes podrán:
A) Ser sujetos de guarda y adopción;
B) La autoridad parental podrá ser asumida por ascendientes, hermanos y hermanas mayores de edad, tíos/as, excepcionalmente, por el Estado.
2- Si la terminación se produce respecto de uno de los padres, la autoridad parental corresponde de derecho al otro
Legislación dominicana
En nuestro país, a los padres le pueden ser suspendidos o terminados sus derechos de autoridad parental en virtud de las disposiciones del artículo 78 que dispone que corresponde a la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes conocer de los conflictos surgidos en virtud de la perdida de los citados derechos.
En los casos de niños, niñas y adolescentes cuyos padres y madres hayan perdido su autoridad parental mediante sentencia del Tribunal de Niños,
Niñas y Adolescentes, el Departamento de Adopción del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia promoverá su adopción en la familia ampliada o le asignará una familia de las que han solicitado adopción por ante esa entidad.
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