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Penas por Infracciones Muy Graves en el Nuevo Código Penal Dominicano

El nuevo Código Penal dominic

El nuevo Código Penal dominicano establece un régimen específico de sanciones para las infracciones muy graves, asegurando que las penas sean proporcionadas al daño causado y a la culpabilidad del autor. Los artículos 25, 26, 27 y 30 del Código determinan los tipos de penas y sus cuantías, así como las medidas complementarias aplicables.

Penas principales

Según el artículo 25, las personas físicas imputables de una infracción muy grave pueden ser sancionadas con:

  1. Prisión mayor.
  2. Multa.
  3. Penas complementarias, destinadas a reforzar la efectividad de la sanción principal y proteger los bienes jurídicos afectados.

Escalas de la prisión mayor

El artículo 26 detalla las cuantías de la prisión mayor según la gravedad de la infracción:

  • 30 a 40 años.
  • 20 a 30 años.
  • 10 a 20 años.
  • 5 a 10 años.

Escalas de las multas

El artículo 27 establece los rangos de las penas pecuniarias:

  1. 50 a 1,000 salarios mínimos del sector público.
  2. 30 a 40 salarios mínimos.
  3. 20 a 30 salarios mínimos.
  4. 10 a 20 salarios mínimos.
  5. 4 a 10 salarios mínimos.
  6. De 1 a 20 veces el monto involucrado en el fraude cometido.

Penas complementarias

El artículo 30 regula medidas adicionales que pueden aplicarse junto con la pena principal, reforzando la prevención y la reparación del daño:

  1. Confiscación o decomiso de bienes provenientes directa o indirectamente de la infracción.
  2. Cierre de establecimientos implicados en la infracción, definitivo o temporal (máximo tres años).
  3. Inhabilitación de licencias de armas, definitiva o temporal (máximo tres años).
  4. Inhabilitación para ejercer funciones públicas o actividades profesionales, definitiva o temporal (máximo cinco años).
  5. Inhabilitación para participar en concursos y oposiciones públicas, definitiva o temporal (máximo cinco años).
  6. Suspensión o restricción de derechos de ciudadanía, incluidos derechos de elección, ejercicio de funciones de perito, tutela o curatela, mientras se cumpla la pena de prisión.
  7. Revocación de licencias o títulos habilitantes.

Reflexión final

La regulación de las penas por infracciones muy graves refleja los principios de proporcionalidad, resocialización y protección de los bienes jurídicos, garantizando que las sanciones sean estrictas pero también justas y orientadas a la prevención. Además, la inclusión de penas complementarias permite abordar no solo la sanción del infractor, sino también la reparación del daño y la protección de la sociedad.

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