El nuevo Código Penal dominicano establece un régimen específico de sanciones para las infracciones muy graves, asegurando que las penas sean proporcionadas al daño causado y a la culpabilidad del autor. Los artículos 25, 26, 27 y 30 del Código determinan los tipos de penas y sus cuantías, así como las medidas complementarias aplicables.
Penas principales
Según el artículo 25, las personas físicas imputables de una infracción muy grave pueden ser sancionadas con:
- Prisión mayor.
- Multa.
- Penas complementarias, destinadas a reforzar la efectividad de la sanción principal y proteger los bienes jurídicos afectados.
Escalas de la prisión mayor
El artículo 26 detalla las cuantías de la prisión mayor según la gravedad de la infracción:
- 30 a 40 años.
- 20 a 30 años.
- 10 a 20 años.
- 5 a 10 años.
Escalas de las multas
El artículo 27 establece los rangos de las penas pecuniarias:
- 50 a 1,000 salarios mínimos del sector público.
- 30 a 40 salarios mínimos.
- 20 a 30 salarios mínimos.
- 10 a 20 salarios mínimos.
- 4 a 10 salarios mínimos.
- De 1 a 20 veces el monto involucrado en el fraude cometido.
Penas complementarias
El artículo 30 regula medidas adicionales que pueden aplicarse junto con la pena principal, reforzando la prevención y la reparación del daño:
- Confiscación o decomiso de bienes provenientes directa o indirectamente de la infracción.
- Cierre de establecimientos implicados en la infracción, definitivo o temporal (máximo tres años).
- Inhabilitación de licencias de armas, definitiva o temporal (máximo tres años).
- Inhabilitación para ejercer funciones públicas o actividades profesionales, definitiva o temporal (máximo cinco años).
- Inhabilitación para participar en concursos y oposiciones públicas, definitiva o temporal (máximo cinco años).
- Suspensión o restricción de derechos de ciudadanía, incluidos derechos de elección, ejercicio de funciones de perito, tutela o curatela, mientras se cumpla la pena de prisión.
- Revocación de licencias o títulos habilitantes.
Reflexión final
La regulación de las penas por infracciones muy graves refleja los principios de proporcionalidad, resocialización y protección de los bienes jurídicos, garantizando que las sanciones sean estrictas pero también justas y orientadas a la prevención. Además, la inclusión de penas complementarias permite abordar no solo la sanción del infractor, sino también la reparación del daño y la protección de la sociedad.