Blog

Leyes de la robótica

Diseno Sin Titulo 92 Legal

Las leyes de la robótica son un conjunto de leyes, reglas o principios, que están pensados como un marco fundamental para sustentar el comportamiento de los robots diseñados para tener cierto grado de autonomía. Los robots de este grado de complejidad aún no existen, pero han sido ampliamente anticipados en la ciencia ficción, las películas, y son un tema de investigación y desarrollo activo en los campos de la robótica y la inteligencia artificial y el derecho.

Las tres leyes de la robótica son uno de los enunciados más conocidos de la historia de la ciencia-ficción, y se han tomado en muchas ocasiones como referencia a la hora de especular sobre cómo deberíamos crear seres inteligentes sin que estos terminaran haciéndonos daño o incluso destruyéndonos.

Formuladas en 1942 en el relato “Círculo vicioso”, del celebérrimo escritor Isaac Asimov, las 3 leyes de la robótica han pasado a formar parte del imaginario colectivo, hasta el punto de que muchas personas piensan que una formulación exacta de estas podría protegernos ante una hipotética “rebelión de los robots”.

El conjunto de leyes más conocido son las «Tres leyes de la robótica» de Isaac Asimov. Estos fueron introducidos en su cuento de 1942 «Runaround», aunque fueron presagiados en algunas historias anteriores. Las tres leyes son:

  1. Un robot no puede dañar a un ser humano o, por inacción, permitir que un ser humano sufra daños.
  2. Un robot debe obedecer las órdenes que le den los seres humanos, excepto cuando tales órdenes entren en conflicto con la Primera Ley.
  3. Un robot debe proteger su propia existencia siempre que dicha protección no entre en conflicto con la Primera o Segunda Ley.1

En The Evitable Conflict, las máquinas generalizan la Primera Ley para significar:

  1. «Ninguna máquina puede dañar a la humanidad; o, por inacción, permitir que la humanidad sufra daños».

Esto se refinó al final de Fundación y Tierra, se introdujo una ley cero, con las tres originales reescritas adecuadamente como subordinadas a ella:

0. Un robot no puede dañar a la humanidad o, por inacción, permitir que la humanidad sufra daños.

Existen adaptaciones y extensiones basadas en este marco. A partir de 2011 siguen siendo un «dispositivo ficticio».

Desarrollo judicial

Ya se ha iniciado otra codificación terminológica integral para la evaluación jurídica de los avances tecnológicos en la industria de la robótica, principalmente en los países asiáticos. Este progreso representa una reinterpretación contemporánea del derecho (y la ética) en el campo de la robótica, una interpretación que asume un replanteamiento de las constelaciones legales tradicionales. Estos incluyen principalmente cuestiones de responsabilidad legal en el derecho civil y penal.

Estas leyes han sido acogidas por diversos ordenamientos jurídicos, adaptándolas o no, para regular el diseño, fabricación, distribución y comportamiento, también la resposabilidad civil y penal de aquellos que poseen robots. Estás leyes han sido adoptadas en las legislaciones de países desarrollados y fabricantes de robots, como Reino Unido.

Legislación dominicana

En la República Dominicana, no existe regulación al respecto.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho informático. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y la leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones estrategias a seguir, para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
???? 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín