La inmunidad diplomática se refiere a los beneficios de inmunidad o inviolabilidad que goza un diplomático sobre su persona y el país en donde reside y se desempeña oficialmente, la exención de impuestos y de la jurisdicción civil y criminal respecto con los tribunales locales. Según el diccionario panhispánico del español jurídico, esta no es concedida en el beneficio de la persona, sino en el del correcto ejercicio de sus funciones.
La inmunidad diplomática es una ventaja concedida a los diplomáticos para facilitar el desempeño de sus funciones. Consiste en diversos beneficios legales que impiden, salvo excepciones, que un diplomático sea juzgado y que se intervenga una
Estos beneficios fueron convenidos históricamente en reconocimiento a que el diplomático representa a una soberanía diferente y que el ejercicio legítimo de sus funciones no le será innecesariamente impedido.
La inmunidad diplomática está regulada por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961.
La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, regula igualmente estos derechos al Cónsul y a cualquier funcionario consular reconocido oficialmente como tal.
También se refiere al derecho que tienen los agentes diplomáticos y sus familias a no ser llamados a juicio,toda vez que ningún tribunal de algún país determinado puede declararse competente para conocer de acciones intentadas en contra de un agente diplomático extranjero, un soberano extranjero o un Estado extranjero.Solo el gobierno del país representado por dicho diplomático puede renunciar a la inmunidad de este.
Los diplomáticos no pueden ser detenidos aunque sean descubiertos delinquiendo
El término jurídico “inmunidad diplomática” se refiere a la dispensa de penas e incluye el derecho de los diplomáticos y sus familias a no ser llamados a juicio ni estar obligados a testificar en un país extranjero. Los diplomáticos tienen por tanto inmunidad de jurisdicción penal, es decir, no pueden ser responsabilizados por actos delictivos o ser detenidos incluso si son descubiertos en delito flagrante, y administrativa y civil, como un contencioso con la administración o una denuncia no criminal. Con todo, los diplomáticos deben respetar las leyes del Estado receptor.
La inmunidad se puede retirar
Pese a todo, inmunidad no implica impunidad. En casos graves, el Estado que envía a sus diplomáticos a otro país tiene derecho a retirarle la inmunidad de jurisdicción a cualquiera de sus agentes diplomáticos por considerar que ejerce sus funciones de forma inadecuada. Gracias a la colaboración entre Estados, el diplomático en cuestión podría ser juzgado.
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