Blog

Registro y comercialización de plaguicidas

Imagenes Para Post 50 Legal

Plaguicida

Registro de Plaguicidas

La División de Registro de Plaguicidas es una dependencia del Departamento de Sanidad Vegetal del Viceministerio de Extensión y Capacitación Agropecuaria del Ministerio de Agricultura, que se encarga de registrar y fiscalizar los insumos agropecuarios que se utilizan para la sanidad vegetal.

Marco Legal

Ley No. 311 de fecha 28 de mayo de 1968 sobre Plaguicidas, cuyo objetivo principal es regular la fabricación, elaboración, envase, almacenamiento, exportación, expendio y comercio en cualquier forma de insecticidas, zoocidas, fitocidas, pesticidas, plaguicidas, herbicidas y productos similares.

Reglamento No. 322-88 sobre el uso y control de plaguicidas, el cual establece las pautas para la aplicación de la Ley No.311, en cuanto a las regulaciones para el registro, etiquetado, fabricación, formulación, almacenamiento, comercio, publicidad, transporte, manejo y uso de plaguicidas.

La División de Plaguicida además de velar por el cumplimiento de la Ley No. 311 y su reglamento, vigila la correcta aplicación del Decreto No. 217–91 sobre las prohibiciones de moléculas de plaguicidas, así como de las Resoluciones No. 83-91 sobre restricción del Paraquat y la Resolución No. 50 – 2009 sobre prohibición de ciertos ingredientes activos, así como la restricción de algunos plaguicidas a ciertos cultivos.

Estructura

• Una persona encargada de la división
• Unidades: Legal, Registro, Agromedicina, Química y Agronómica
• Secciones: Ensayo e Importación.

Toda persona natural o persona jurídica que comercialice los plaguicidas dentro del país, primero debe estar registrada ante dicha dependencia como tipo de empresa según sea el caso de:

Representante
• Distribuidora
• Formuladora
• Establecimientos comerciales de ventas de agroquímicos
• Fumigadora

Procedimiento de Registro

El Registro de Plaguicida es el proceso mediante el cual, el Ministerio de Agricultura a través del Departamento de Sanidad Vegetal, División de Registro de Plaguicidas, aprueba el registro de un producto, previa evaluación de datos científicos completos, que demuestren que el producto es eficaz para el fin a que se destina y que no conlleva riesgos para la salud humana y el ambiente.

En el proceso de registro de un plaguicida se exige el cumplimiento de ciertos requisitos legales y técnicos.

Requisitos Legales 

Carta poder del fabricante otorgado a favor del registrante, autorizándolo registrar el plaguicida

Certificado de libre venta expedido por la Autoridad Nacional Competente del país de origen


Requisitos Técnicos
 

• Propiedades físicas y químicas del ingrediente activo
• Características técnicas del producto

• Características del producto formulado
• Métodos analíticos
• Peligros y precauciones
Efecto físico, químico y biológico en el ambiente
Uso recomendado
• Etiqueta y panfleto


Etiqueta
 

Es el material impreso o adherido al envase con la información siguiente:

• El nombre del plaguicida
• La composición química
• Precauciones
• Advertencia de uso
• Síntoma de intoxicación
• Primeros auxilios y tratamiento médico
• Medidas preventivas para evitar la contaminación del medioambiente
• Las frases y los pictogramas correspondientes a la categoría toxicológica
• Color de la franja de acuerdo a la toxicidad

Panfleto

Es la literatura anexa al envase, conteniendo las informaciones de uso de los plaguicidas:

Nombre comercial y genérico
Tipo y clase
• Cultivos, plagas o enfermedades que controla
• Dosis y modo de acción
• Dilución recomendada
• Intervalo de aplicación
• Periodo de reingreso y carencia
• Precauciones y advertencias de uso
• Almacenamiento y transporte
• Síntomas de intoxicación y primeros auxilios
• Antídotos y tratamientos médicos
• Medidas para la protección al medio ambiente
• Manejo de empaques, desechos y remanentes
• Aviso de garantía
• Países donde se encuentran registrados

Procedimiento para Registrar o Renovar el Registro de un Plaguicida 

  1. El interesado debe presentar la correspondiente solicitud de registro o renovación ante la Dirección de Sanidad Vegetal.
  2. La solicitud debe estar en papel sellado de acuerdo con los requisitos de las normas fiscales.
  3. La solicitud debe estar en original y firmada por el representante legal y el regente de la empresa.

Requisitos para Importación de Plaguicidas

Requisitos Generales 

1. El importador debe estar registrado como empresa
2. El plaguicida debe estar debidamente registrado
3. El plaguicida a importar debe tener todas las reglamentaciones previamente aprobadas por la División de Registro de Plaguicidas.

Requisitos Específicos

1. Depositar las siguientes documentaciones al Departamento de Correspondencia del Ministerio de Agricultura:

2. Los productos plaguicidas importados son inspeccionados por los inspectores de Cuarentena Vegetal a la llegada en el puerto de entrada del país. Mediante un formulario de inspección se le hará la revisión de lugar y se envía a la División de Registro. Conforme al mismo, se libera o no el plaguicida.

3. Las muestras de productos plaguicidas sin valor comercial solicitadas al exportador deben ser importadas por empresas registradas y también serán inspeccionadas en su puerto de entrada. Estas muestras de productos deberán ser solicitadas bajo un formulario que describa todo lo referente al plaguicida. El producto no debe estar registrado comercialmente, ya que su importación básicamente será para ser ensayos, previo a su registro.

Plaguicidas Restringidos y Prohibidos en Rep.Dom

Según el Decreto No. 217-91, en su Artículo 1.- Se prohíbe la importación, elaboración, formulación, comercialización y uso de los siguientes plaguicidas agroquímicos, por haberse comprobado fehacientemente su alta peligrosidad a la salud humana y al ambiente:

Las moléculas referidas son las siguientes:

• Ardicarb
• Canflecor (toxafeno)
• Hepacloro
• Clorodimeform
• DBCP(dibromo cloro-propano)
• DDT(dicloro difenil tri- cloro etano)
• Aldrin
• Dieldrin
• Endrin
• EDB (dibromuroetano)
• HCH (hexacloro ciclo hexano)
• Clordano
• BHC (hexacloro)
• Lindano(isomer gamma del hch)
• Paraquat
• Paration
• Metil paration
• 2,4,5-t(acido triclorofenox- acético)
• Sales mercuriales
• Acetato de fenil mercurio

Según Resolución 50 / 2009, en su Artículo 1.- Se prohíbe la comercialización y uso de los siguientes plaguicidas en la República Dominicana:

• Acefato
• Aldicarb
• Amitraz
• Clorfenapir
• Diclovos
• Malation
• Metamidofos
• Metiocarb
• Monocrotofos
• Ometoato

Según la Resolución No. 50/2009, en su Artículo 2.- Los plaguicidas declarados de Uso Restringido son:

• Benomil
• Carbofuran
• Carbendazin
• Clorpirifos
• Diafentiuron
• Diazinon
• Dicofol
• Dimetoato
• Endosulfan
• Fenamidona
• Imidacloprid
• Metomil
• Oxamil
• Profenofos
• Propiconazol
• Tiacloprid

Según la Resolución No. 83/91, en su Articulo 1ro.- Se declara el agroquímico Paraquat como producto de uso restringuido.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de Procedimiento Civil y Derecho Común. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso sin costo alguno y sin compromiso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.

 

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín