El derecho ambiental pertenece a la rama del derecho social y es un sistema de normas jurídicas que regulan las relaciones de las personas con la naturaleza, con el propósito de preservar y proteger el medio ambiente en su afán de dejarlo libre de contaminación, o mejorarlo en caso de estar afectado. Sus objetivos son la lucha contra la contaminación, la preservación de la biodiversidad, y la protección de los recursos naturales, para que exista un entorno humano saludable.
El Derecho Ambiental es el conjunto de normas jurídicas que regula las actividades y comportamientos humanos que pueden dañar directa o indirectamente el medio ambiente. Su finalidad es tanto prevenir esos daños como poner los medios para repararlos en caso de que se produzcan y determinar los responsables de esas acciones lesivas.
El Derecho ambiental se caracteriza por su multidisciplinariedad -con un alto componente tecnocientífico-, por su carácter preventivo, por su vocación universal y por la transversalidad en cuanto al resto del ordenamiento jurídico. Se nutre, entre otros, de los principios de precaución, prevención, responsabilidad ambiental, acceso a la información, participación, cooperación y, a nivel internacional, el de las responsabilidades comunes pero diferenciadas.
El Derecho Ambiental es un conjunto normativo amplio y transversal al afectar a distintas áreas y sectores de la sociedad. Para su desarrollo, los legisladores se apoyan en principios clave:
- – Acción preventiva y cautelar: busca evitar un daño medioambiental.
- – Desarrollo sostenible: los poderes públicos tienen la obligación de velar por el uso de los recursos-
- – ‘Quien contamina, paga’: este principio pone el foco en quienes con sus acciones dañan el medio ambiente y, por ello, han de pagar una sanción.
Justicia ambiental
El concepto de justicia ambiental aplica las teorías de la justicia al campo del medio ambiente y la ecología. Se deriva de la consideración del medio ambiente y los servicios del ecosistema como elementos del bien común.
La justicia ambiental también puede afectar los efectos del cambio climático; en tal contexto, a veces se habla de injusticia y/o justicia climática.
Este concepto implica que hay derechos de acceso a la naturaleza para todos; individuos, familias, comunidades, empresas y otros grupos humanos en relación con el medio ambiente considerado como un bien común, pero a cambio de deberes y obligaciones legales, y de acuerdo con el PNUD asumido por Fabrice Flipo (2002), «en la ausencia de terceros capaces de administrar justicia: los más fuertes anulan sus derechos y escapan a sus deberes, constituyendo poco a poco potentados privados. Por lo tanto, las reglas actuales no conducen a un aumento global de la desigualdad». Este concepto también invita a pensar e implementar medidas de reducción, reparación y compensación cuando el daño ecológico no puede evitarse, lo que a veces puede requerir o justificar una cierta «interferencia ecológica».
En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho de ambiental. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.
