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Decreto núm. 542-21, que integra en una sola estructura la coordinación y ejecución de las políticas de comunicación del Poder Ejecutivo

Imagen Para Post 57 1 Derecho
El presidente de la República, Luis Abinader promulgó el decreto núm. 542-21, mediante el cual el Poder Ejecutivo establece como política de alto interés sostener una comunicación franca y abierta con la población nacional, empezando por la capacidad de comunicación de la propia Presidencia de la República, aunque haciéndola extensiva a todos los entes y órganos que componenel Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO1.Objeto. El objeto del presente decreto es integrar en una sola estructura la coordinación y ejecución de las políticas de comunicación del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 2. Supresión de órganos. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, quedan eliminadas la Dirección General de Comunicación(DICOM) ,la Dirección de Información, Análisis y Programación Estratégica (DIAPE) y la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia.
ARTÍCULO3.Sistema de Comunicación Gubernamental. Se crea el Sistema de Comunicación Gubernamental, a cargo de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental, para la coordinación de las políticas de comunicación de los distintos entes y órganos del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 4 . Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental. Se crea la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental, bajo la dependencia del Ministerio Administrativo de la Presidencia, con la función de coordinar la ejecución de las políticas de estrategia y comunicación del Poder Ejecutivo.
PÁRRAFO I. La Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental queda a cargo del director de Estrategia y Comunicación Gubernamental, quien serán nombrado mediante decreto del presidente de la República y fungirá como porta voz del Poder Ejecutivo en los asuntos que este le asigne.También podrán ser nombrados mediante decreto dos subdirectores.

PÁRRAFO II. La Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental organizarás su estructura y reglamento internos, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública (MAP), y de conformidad con los lineamientos de la Ley núm.247-12 Orgánica de la Administración Pública.

ARTÍCULO5. Funciones de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental. Son funciones de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental las siguientes:

a)Planificar,organizar,ejecutary evaluarla estrategiay la comunicación gubernamental.
b) Explicar las medidas, acciones, proyectos y programas del PoderEjecutivo.
c)Facilitarla comunicación de la rendición de cuentas gubernamental.
d) Coordinar el Sistema de Comunicación Gubernamental.
e)Coordinar, a través del Sistema de Comunicación Gubernamental, la estrategia de comunicación del presidente de la República con el director de Prensa del Presidente y los directores de comunicaciones de los distintos entes y órganos del Poder Ejecutivo.
f) Gestionar la comunicación de crisis del Poder Ejecutivo.
g)Identificar y realizar el seguimiento continuo de los principales acontecimientos nacionales, regionales e internacionales que sean de significación política y tengan relación con los planes del Poder Ejecutivo y el mantenimientode las condiciones relativas a lagobernabilidad democrática.
h)Mantener sistemáticamente actualizadas las diversas bases de datos de  las ejecutorias de la Presidenciade laRepública.
i)Distribuir a los funcionarios del Poder Ejecutivo informaciones sistematizadas y continuas sobre la aparición y evolución de acontecimientos políticos, así como la acción del PoderEjecutivo respecto a estas.
j)Realizar análisis y distribuir informes regulares y especiales sobre la situación y la evolución de las relaciones del Poder Ejecutivo con la sociedad.
k)Realizar estudios especiales y diseños de gestión sobre acontecimientos que formen parte de la agenda nacionaly presenten posibilidades deconflictos.
1)Proveer al presidente de la República de toda información pertinente para asegurar la máxima consistencia comunicacional en su
ARTÍCULO 6.Dirección de Prensa del Presidente. Se crea la Dirección de Prensa del Presidente, bajo la dependencia directa del Ministerio Administrativo de la Presidencia, con la función de gestionar las acciones comunicacionales del presidentede la República e informar sobre las actividades del presidente de la República y sus funcionarios.
PÁRRAFO. La Dirección de Prensa del Presidente queda a cargo del director de Prensa del Presidente, quien será nombrado mediante decreto del PoderEjecutivo. También podrán ser nombrados mediante decreto dos subdirectores.
ARTÍCULO7. Continuidad jurídica dentro del Sistema de Comunicación Gubernamental. Como expresión de la continuidad jurídica dentro del Sistema de Comunicación Gubernamental, se dispone lo siguiente:a)En el nuevo Sistema de Comunicación Gubernamental se combinan el anterior Sistema de Comunicación Gubernamental (SICOM) y los anteriores gabinetes sectoriales de comunicación. b)La Direcciónde Estrategia y Comunicación Gubernamental integra y sustituye a las anteriores Dirección General de Comunicación (DICOM) y Dirección de Información, Análisis y Programación Estratégica (DIAPE). c)La Dirección de Prensa del Presidente sustituye a la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia.
PÁRRAFO.La Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental asumirá el personal, las partidas presupuestarias y los bienes que correspondían a los órganos anteriores, para lo cual deberá coordinar con el Ministerio de Administración Pública (MAP), la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) y la Dirección General de Bienes Nacionales, respectivamente
ARTÍCULO8. Derogaciones.Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a)El Decreto núm.1507, que crea la Dirección General de Información, Publicidad yPrensa de la Presidencia de la República, del 26 de octubre de 1983, y sus modificaciones.
b)El Decreto núm.34-98 que crea la Dirección de Información, Análisis y Programación Estratégica,bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de la Presidencia,
del 4 defebrerode 1998.
c)El Decreto núm. 525-08 que crea los Gabinetes de Comunicación en varias áreas, conformados por los gerentes de comunicación de las instituciones del gobierno centralizadas y descentralizadas, del 10 de septiembre de 2008.
d)El Decreto núm.490-12 que crea la Dirección General de Comunicación,
bajo la dependencia del Ministerio de la Presidencia, del 21 de agosto de 2012, y sus modificaciones.
e)Cualquier otra disposición de igual o menor jerarquía que sea contraria al presente decreto.
ARTÍCULO 9. Remisiones. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán,DistritoNacional,capital de la República Dominicana, a los seis( 6 ) días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
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