Para poder asentar la homologación de una sentencia dictada en el extranjero, es necesario que sean depositados en esta Consultoría Jurídica de la JCE , los siguientes documentos:
1. Instancia de solicitud del interesado, dirigido al Presidente de la Junta Central Electoral, vía Consultoría Jurídica debiendo consignarse en la solicitud de la oficialía del estado civil de su domicilio.
2. Sentencia de homologación, original registrada.
3. Sentencia dictada por el tribunal extranjero, la cual debe reunir los siguientes requisitos:
* Si la sentencia esta en otro idioma, debe ser traducida al idioma español por un traductor legal, luego legalizar la firma del traductor en la procuraduría general de la república.
4. Depósito de cualquier otro documento que hizo valer en la solicitud de homologación.
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