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Estrategia Nacional de Desarrollo

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La Estrategia Nacional de Desarrollo es resultado de un proceso de concertación de múltiples actores para definir qué país desean tener los dominicanos y las dominicanas para el año 2030. Aspira a la construcción de un país próspero, de una democracia participativa y a la justicia social.  La Estrategia establece cuatro ejes estratégicos, con sus correspondientes objetivos y líneas de acción, los cuales definen el modelo de desarrollo al que aspira la República Dominicana y en torno a los cuales deberán articularse las políticas públicas.

La Ley 498-06 plantea la concertación de una Estrategia de Desarrollo como instrumento de planificación que “definirá la imagen objetivo del país a largo plazo y los principales compromisos que asumen los poderes del Estado y los actores políticos, económicos y sociales del país, tomando en cuenta su viabilidad social, económica y política. Para ello, identificará los problemas prioritarios que deben ser resueltos, las líneas centrales de acción necesarias para su resolución y la secuencia de su implementación. Será resultado de un proceso de concertación y deberá ser aprobada por ley del Congreso de la República».

Derecho a la información pública (Artículos 7, 16, 21, 27)

Se establece como primer eje estratégico un Estado Social Democrático de Derecho con instituciones que actúen con ética, transparencia y eficacia al servicio de una sociedad.

Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación: En el diseño y ejecución de los programas, proyectos y actividades en que se concretan las políticas públicas, deberá promoverse el uso de las tecnologías de la información y comunicación como instrumento para mejorar la gestión pública y fomentar una cultura de transparencia y acceso a la información, mediante la eficientización de los procesos de provisión de servicios públicos y la facilitación del acceso a los mismos.

Para una administración pública eficiente, transparente y orientada a resultados se fortalecerá el sistema de control interno y externo y los mecanismos de acceso a la información pública. Se consolidará y fortalecerá el Sistema Estadístico Nacional con estándares nacionales únicos, a fin de generar información confiable, necesaria, suficiente y oportuna.

Para proteger y usar de forma sostenible los bienes y servicios de los ecosistemas se desarrollarán sistemas de monitoreo, evaluación y valoración del estado del medio ambiente y los recursos naturales a nivel nacional, regional y local, a partir de la consolidación de un Sistema de Información Ambiental que incluya la valoración de los recursos naturales en las cuentas nacionales.

Derecho a la participación (Artículos 5, 15, 21)

Visión: Se aspira alcanzar para el año 2030 un país próspero, donde las personas viven dignamente, apegadas a valores éticos y en el marco de una democracia participativa que garantiza el Estado social y democrático de derecho y promueve la equidad, la igualdad de oportunidades, la justicia social que gestionar y aprovecha sus recursos para desarrollarse de forma innovadora, sostenible y territorialmente equilibrada e integrada y se inserta competitivamente en la economía global.

Participación Social: Deberá promoverse la participación social en la formulación, ejecución, auditoría y evaluación de las políticas públicas, mediante la creación de espacios y mecanismos institucionales que faciliten la corresponsabilidad ciudadana, la equidad de género, el acceso a la información, la transparencia, la rendición de cuentas, la veeduría social y la fluidez en las relaciones Estado-sociedad.

Se establece como objetivo establecer una Ley de participación social, con criterios de afirmación positiva para grupos tradicionalmente excluidos, que garantice a la población la canalización de sus necesidades, demandas y propuestas a las instancias correspondientes.

Se establecerá y fortalecerá mecanismos de veeduría social sobre el cumplimiento de la legislación ambiental nacional, los acuerdos ambientales internacionales y la aplicación de los criterios de justicia ambiental.

Derecho a recurrir (Artículo 21)

Para una administración pública eficiente se institucionalizarán y fortalecerán mecanismos que mejoren el acceso de toda la población al sistema de administración judicial y a formas alternativas de resolución de conflictos para garantizar la tutela efectiva de sus derechos fundamentales, entre ellos los relativos a equidad y derechos de las mujeres y grupos vulnerables, frente a cualquier acción u omisión de poderes públicos o particulares.

Cambio climático (Artículos 10, 27)

El cuarto eje procura una sociedad de producción y consumo ambientalmente sostenible que promueva una adaptación al cambio climático, que gestione con equidad y eficacia los riesgos y la protección del medio ambiente y los recursos naturales. Se desarrollarán estudios sobre los impactos del cambio climático en la isla y sus consecuencias ambientales, económicas, sociales y políticas para los distintos grupos poblacionales, se fortalecerán los sistemas de prevención, reducción y control de los impactos antrópicos, se fomentará la descarbonización de la economía nacional a través del uso de fuentes renovables.

Enfoque de género y grupos vulnerables (Artículos 8, 11, 12, 21, 27)

El segundo eje procura una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades. Todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas deberán incorporar el enfoque de género en sus respectivos ámbitos de actuación, a fin de identificar situaciones de discriminación entre hombres y mujeres y adoptar acciones para garantizar la igualdad y la equidad de género. Asimismo, se deberán incorporar el enfoque de derechos humanos, a fin de identificar situaciones de vulneración de derechos, discriminación o exclusión de grupos vulnerables de la población. Como objetivo general para una administración pública eficiente, transparente se deberá garantizar, mediante acciones afirmativas, la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en los puestos de administración pública y en los mandos directivos. Se capacitará y sensibilizará al personal de todas las instituciones del Sistema de Justicia en materia de derechos humanos, con énfasis en los derechos de mujeres, niñez y adolescencia. Se realizarán investigaciones y se crearán sistemas de información y análisis sistemáticos acerca del impacto de la degradación del medioambiente en las condiciones de vida de la población, en particular sobre las mujeres y los grupos vulnerables.

Educación ambiental (Artículos 21, 27)

Se promoverá la educación ambiental y el involucramiento de la población en la valoración, protección y defensa del medio ambiente y el manejo sostenible de los recursos naturales, incluyendo la educación sobre las causas y consecuencias del cambio climático. Se educará a la población en la conservación y consumo sostenible del recurso agua.

Fuente: CEPAL

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