Los intereses legales son un precio a pagar por utilizar una cantidad de dinero en un periodo específico, establecidos exclusivamente por ley y no libremente entre deudor y acreedor, a modo de indemnización por el incumplimiento de una obligación.
Los intereses legales están establecidos en una ley y serán aplicados por el juez cuando resuelva el conflicto relativo a un incumplimiento de una obligación dineraria en su sentencia.
El interés legal del dinero es el tipo porcentual legalmente fijado que sirve para calcular el montante de la indemnización por daños y perjuicios que el deudor debe abonar al acreedor cuando aquel incurre en mora, es decir, en retraso culpable (intencionado o negligente) en el cumplimiento de su obligación de pagar cierta cantidad de dinero -moneda de curso legal- que adeuda. Este recargo legal o penalización por el retraso en el cumplimiento, únicamente rige para los casos en que no estuviera estipulado entre el acreedor y el deudor un interés contractual distinto y aplicable para esta eventualidad, o si no hubiese vigente otra norma jurídica más específica que establezca un tipo porcentual de interés diferente por razón de la materia de que se trate.
Así, dependiendo del tiempo transcurrido desde que no se cumplió con los pagos hasta que se cumpla con la obligación, deberán aplicarse los intereses legales. Es una compensación por el retraso en pagos pactados.
Características de los intereses legales
Las principales características de los intereses legales son:
- Para que se apliquen no debe haber pactado ningún tipo de interés entre las partes.
- Son establecidos de forma anual en una ley por el Estado.
- No se aplican desde que se tiene una sentencia favorable, sino desde que se debió devolver el dinero. Y no se calculan hasta el momento de la sentencia, sino que hasta que se cumpla con la obligación se deberán ir acumulando estos intereses.
- Los intereses legales son distintos de los intereses procesales. Los intereses procesales nacen una vez se dicta sentencia.
- Pueden ser remuneratorios, como compensación por haber recibido un dinero indebido.
- Pueden ser moratorios, por no haber pagado el dinero debido (como se ha comprobado en el ejemplo).
- Deben ser proporcionales a la obligación de devolver dinero que ha provocado que se apliquen.
- Estos intereses se aplican a cualquier retraso en el pago de una deuda, por lo que también se aplican al retraso en el pago de salarios o de indemnizaciones.
El interés legal en la República Dominicana
Con la entrada en vigencia de la Ley Monetaria y Financiera trajo consigo la derogación de Orden Ejecutiva 312, de 1919, que establecía un interés legal y convencional, por consecuencia el interés legal en República Dominicana no puede aplicarse. Sin embargo, mediante jurisprudencia, la Suprema Corte de Justicia ha establecido que los jueces gozan de total discrecionalidad para imponer un interés judicial en virtud de la esencia reparadora de la responsabilidad civil.
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