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Ejecución Ilegal y Abuso Procesal: Sanciones de la Ley 85-25 (Artículos 49 y 50)

Los Artículos 49 y 50 de la Ley No. 85-25 sobre Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios establecen las sanciones y el control contra las prácticas ilegales y abusivas que puedan surgir durante los procesos de desahucio y alquiler. Su objetivo es garantizar que la terminación de un contrato de alquiler se haga siempre dentro del marco de la ley y con respeto al debido proceso.

Artículo 49: Sanción por Desalojo Ilegal

Este artículo aborda la práctica de realizar desalojos sin seguir los procedimientos legales establecidos por la propia Ley 85-25.

Artículo 50: Control del Ejercicio Temerario y Abuso de las Vías de Derecho

Este artículo otorga al poder judicial la facultad de controlar y sancionar el uso malicioso o abusivo de los procedimientos legales.

Este mecanismo asegura la ética procesal y evita que las partes utilicen la justicia para fines ajenos al legítimo derecho, manteniendo la celeridad y la buena fe en los litigios de alquiler.

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