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Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental

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La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) es el órgano rector en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información en el ámbito administrativo gubernamental. Con un alcance de 42 atribuciones del Decreto No. 486-12 que enlaza cuatro áreas básicas de la transparencia que sirven de garantía a la concreción de un estado de derecho.

Esta es una institución adscrita al Ministerio de la Presidencia, fue puesta en funcionamiento a partir del 21 de agosto de 2012, con el compromiso firme de realizar acciones que conduzcan al fomento de la ética, la transparencia y el combate a la corrupción.

La DIGEIG ha encaminado sus esfuerzos en cumplir los lineamientos establecidos a través de sus funciones, para hacer frente a los requerimientos de la sociedad dominicana y cumplir el interés del gobierno en lograr presentar los resultados esperados por los ciudadanos, en respuesta de sus reclamos.

Dependencia Jerárquica

La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental será una dependencia jerárquica del Ministerio de la Presidencia. La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental someterá sus planes y propuestas al Poder Ejecutivo para su conocimiento y aprobación.

Dirección

La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, estará a cargo de un (a) Director (a) General, quien será designado (a) por el Presidente de la República, debiendo reunir como mínimo los siguientes requisitos:

1. Ser dominicano (a)

2. Mayor de edad

3. Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos

4. Contar con experticio técnico y gerencial relacionado con las funciones de su cargo

5. Tener solvencia moral demostrada, reconocida y comprobada al momento de la ponderación de su elección como candidato (a) al cargo propuesto

6. Tener experiencia acumulada en el cargo a ser designado (a)

7. Conocer cómo funcionan las instituciones

8. No tener ningún grado de parentesco ni afinidad, hasta el cuarto grado inclusive, entre los empleados de la institución.

Atribuciones de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental

Es el órgano rector en los temas de ética e integridad de la Administración Pública, así como del Acceso a la Información Pública, con mandato expreso de asegurar la aplicación y el cumplimiento de la Ley No. 200-04, su reglamentación y las normativas vinculadas.

Funciones

A continuación algunas de las funciones de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental

1. Supervisar la difusión e implementación del Régimen Ético y Disciplinario de los Servidores Públicos establecido en la Ley núm. 41-08, de Función Pública, en los Códigos de Ética de las diferentes instituciones de la Administración Pública, así como en cualquier otra norma vinculada;

2. Investigar las actuaciones de los servidores públicos que transgredan el Régimen Ético y Disciplinario establecido en la Ley núm. 41-08, de Función Pública, cuando las autoridades a cargo no adopten las acciones correctivas oportunamente y sin perjuicio de las funciones del Ministerio de Administración Pública establecidas en dicha legislación;

3. Contribuir a desarrollar y fortalecer una cultura ética, de transparencia e integridad, promover los valores éticos y morales en la administración pública;

4. Dar seguimiento y asesorar a las Comisiones de Ética Pública para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones y su participación activa en la dinámica institucional;

5. Asesorar a los servidores públicos ante cualquier duda que puedan tener en el ejercicio de sus funciones, sobre comportamientos éticos y morales;

6. Promover y realizar investigaciones en la administración pública sobre temas de ética e identificar oportunidades para robustecer el régimen ético;

7. Diseñar y ejecutar programas de capacitación para los miembros de las Comisiones de Ética de las instituciones públicas;

8. Diseñar, junto al Ministerio de Administración Pública (MAP) y al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), programas de capacitación obligatorios en temas de ética, destinados a los servidores públicos, que serán impartidos por el INAP y velar por la ejecución de los mismos;

9. Dar seguimiento a los compromisos pendientes de cumplimiento, de la “Iniciativa Participativa Anticorrupción” (IPAC), vinculados con los temas de ética y transparencia gubernamental;

10. Recibir y mantener en resguardo los originales de los compromisos de cumplimiento con el “Código de Pautas Éticas” suscritos por los funcionarios designados en altos cargos en la gestión gubernamental iniciada el 16 de agosto de 2012, y establecer los mecanismos de seguimiento a su cumplimiento, así como velar por la aplicación de las acciones pertinentes, en caso de que sean vulnerados.

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