Los delitos contra el honor incluyen calumnias, injurias y otros. La penalidad de las ofensas se basa en que toda persona tiene derecho a que se respete su dignidad como ser humano, siendo el honor un atributo de la dignidad.
Calumnia: La calumnia se da cuando se ofende el honor de un ciudadano al acusarlo de un crimen. Es decir, se trata de la imputación falsa de una persona inocente ante las autoridades. El principal objetivo es el de causar una pena legal a la otra persona. Si la persona es consciente de que la acusación es falsa, se incurre en un delito de calumnia.
Difamación: La difamación es el acto mediante el cual se busca lesionar el honor, la dignidad o la reputación de otra persona, para lo cual se difunden informaciones que no son verídicas. Si la intención de quién acusa es exponer a la otra persona al odio o desprecio público, es el caso en el que se incurriría en un delito de difamación. En este caso, a diferencia de la calumnia, no tiene por que llegar a llevarse a las autoridades judiciales. Este delito puede ser penado con pago de multa y con prisión.
Difamación, de acuerdo al Código Penal dominicano, es la alegación o la imputación de un hecho que ataca el honor o la consideración de la persona o del cuerpo al cual se imputa. En cambio la injuria se refiere a cualquier expresión afrentosa o despectiva.
Injuria: La injuria es un delito en el que una persona busca decir algo muy perjudicial y que atente contra el honor de la otra parte. Un ejemplo es llamar «ladrona» a otra persona. Su intención es la de ofender al acusado, sin tener pruebas de lo que promulga. Habitualmente se recurre al uso de un lenguaje ofensivo y puede ser penado con pena de prisión y multa.
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