Límite. I Final de lo que existe o dura. I Plazo (v.), aunque esta sinonimia sea incorrecta. I Vencimiento. I Mojón. I Línea divisoria entre distritos, municipios, provincias o Estados.I Jurisdicción de un ayuntamiento. I Lugar para un acto. I Tiempo señalado para un fin. I Día y hora en que ha de cumplirse o hacerse algo.I Objeto, finalidad. I Vocablo, palabra, voz. I Estado, situación. I Manera de expresarse. I CIERTO. El señalado con precisión, por designar exactamente el día, mes y año en que concluye, o por contarse desde la fecha de la obligación u otro bien establecida. I CONVENCIONAL. El estipulado espontáneamente por las partes. Se diferencia de los términos legales o judiciales. I DE GRACIA. El que, vencida la obligación, concede por sí el acreedor al deudor; con lo cual no puede reclamarle los intereses por mora, ni otros estipulados para el caso de no cumplir a su tiempo. I FATAL El improrrogable, que extingue definitivamente un derecho o impide su ulterior ejercicio. I HÁBIL Aquel dentro del cual cabe practicar válidamente las actuaciones judiciales. I IMPRORROGABLE Período de tiempo durante el cual deben necesariamente practicarse ciertas actuaciones judiciales, con la prohibición expresa de no poder pasar del mismo. I JUDICIAL. El establecido en las leyes procesales o el que, usando de sus facultades, señala el juez. I LEGAL El expresamente determinado en la ley. (V. PLAZO LEGAL: TÉRMINO CONVENCIONAL y JUDICIAL .) I MEDIO. Solución o propuesta que satisface parcialmente las opuestas pretensiones, o parte las diferencias. I Promedio I De calidad ni muy buena ni muy mala. I MUNICIPAL. Territorio a que extiende su jurisdicción un ayuntamiento. Constituye la menor de las divisiones administrativas normales. I ORDINARIO.. El probatorio que se concede en toda su extensión cuando lo pida una de las partes por lo menos y corresponda el recibimiento a prueba. I PERENTORIO. El concedido últimamente y con denegación de otro. I POSESORIO. Plazo que por leyes o reglamentos se halla establecido para que los funcionarios públicos tomen posesión de sus cargos, so pena de la pérdida de sus derechos. I PROBATORIO. El período de tiempo durante el cual el juez, de acuerdo con la ley y sus facultades, recibe el pleito a prueba, a fin de proponer y practicar todas las probanzas, que ratifiquen o destruyan los hechos que hacen al derecho de las partes. I PRORROGA-BLE. El que admite ampliación del período que comprende, el pedirlo una de las partes al menos y acceder el juez, si la ley no lo prohibe; ya que, en principio, todos los términos judiciales o procesales resultan susceptibles de prórroga. I RESOLUTORIO. El que, al cumplirse, extingue la obligación o el dere-cho.l SUSPENSIVO. Aquel que, hasta verificarse, no origina el nacimiento de un derecho en su ejercicio actual o el cumplimiento de una obligación, en su exigibilidad.
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