Derechos y deberes de los privados de libertad en la República Dominicana

Escrito por Carlos Felipe2 min de lectura

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El sistema penitenciario dominicano, regulado por la Ley 113-21, busca no solo castigar el delito, sino también rehabilitar a los privados de libertad para su reinserción social. Esta ley garantiza una serie de derechos y establece deberes que contribuyen a este objetivo.

Derechos de las personas privadas de libertad:

La ley reconoce a los privados de libertad como sujetos de derecho, con dignidad e integridad. Entre sus derechos se encuentran:

  • Dignidad y respeto: derecho a un trato humano y digno, sin discriminación.
  • Comunicación: derecho a comunicarse con su familia y abogado.
  • No discriminación: prohibición de discriminación por cualquier motivo.
  • Participación: derecho a participar en actividades educativas, culturales y recreativas.
  • Salud: acceso a servicios de salud sin discriminación.
  • Trabajo: derecho a realizar actividades laborales remuneradas.
  • Condiciones de vida dignas: espacio adecuado, acceso al aire libre y luz solar.
  • Visitas: derecho a recibir visitas de familiares, amigos y abogados.
  • Quejas y peticiones: derecho a presentar quejas y peticiones a las autoridades.
  • Comunicación: derecho a mantener comunicación postal y telefónica.
  • Tutela judicial: derecho a la asistencia legal y a demandar judicialmente.
  • Permisos: posibilidad de obtener permisos para visitar familiares en caso de gravedad o fallecimiento.
  • Intimidad: derecho a la privacidad, sin perjuicio de las medidas de seguridad.
  • Identidad: derecho a ser llamado por su nombre.
  • Beneficios correccionales: acceso a beneficios que contribuyan a su reinserción social.
  • Alimentación: derecho a una alimentación adecuada.
  • Información: derecho a recibir información sobre sus derechos, deberes y el régimen penitenciario.
  • Visitas íntimas: derecho a recibir visitas íntimas en las condiciones establecidas.
  • Información procesal: derecho a estar informado sobre su situación legal.
  • Información general: acceso a información sobre acontecimientos nacionales e internacionales.
  • Libertad religiosa: derecho a practicar su religión con respeto a los demás.
  • Confidencialidad médica: derecho a la confidencialidad de su información médica.
  • Apoyo social: derecho a recibir apoyo para su reinserción social.
  • Tutela judicial efectiva: derecho a un proceso justo y a la defensa legal.

Deberes de las personas privadas de libertad:

Para facilitar la convivencia y la reinserción social, la ley establece los siguientes deberes:

  • Permanecer en el centro: cumplir con la reclusión y las normas del régimen interno.
  • Respeto a la autoridad: mostrar respeto a los funcionarios y autoridades.
  • Conducta correcta: mantener una buena conducta con los demás internos.
  • Participación: participar en actividades educativas, laborales y recreativas.
  • Cumplimiento de sanciones: cumplir con las sanciones disciplinarias impuestas.
  • Higiene y orden: mantener la higiene personal y el orden en su espacio.

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