El derecho internacional privado es el conjunto de normas, o el marco jurídico, que regula las relaciones entre los individuos en un contexto internacional. Estos “individuos” pueden ser personas naturales o jurídicas (como sociedades) pero son privadas, en lugar de actores públicos o estatales. Las «relaciones» pueden ser en materia civil o de familia (por ejemplo, litigios transfronterizos, adopción o divorcio) o asuntos comerciales (por ejemplo, contratos internacionales o quiebras). El conjunto de normas se compone de instrumentos internacionales (como las convenciones y leyes modelos), la jurisprudencia, la práctica y la costumbre. Originalmente, el campo del derecho internacional privado se limitaba al «conflicto de leyes», o a la determinación la ley estatal a ser aplicada para regir o resolver estos casos.
El derecho internacional privado es una rama del derecho civil, ya que solo regula las relaciones privadas entre personas físicas y jurídicas, pero sin que haya un interés público. Podría decirse que es el derecho civil a aplicar cuando hay conflicto en relaciones privadas internacionales, es decir, entre personas de distintos Estados.
El derecho internacional privadoes aquella rama del derecho que tiene como objeto los conflictos de competencia internacionales, los conflictos de leyes internacionales, la cooperación procesal y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
Esta rama del derecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin es determinar quién puede conocer sobre el tema y qué derecho debe ser aplicado.
En algunos países a esta rama del derecho se le conoce como derecho civil internacional.
El derecho internacional privado no soluciona los conflictos, sino que determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia (posición normativista).
Características del derecho internacional privado
- Es un derecho nacional: cada país dicta normas propias de derecho internacional privado, lo que puede llevar a conflictos entre ellos.
- Es un derecho positivo: sus normas se encuentran en diversos textos legales, preferentemente en los códigos civiles. También se hallan en los tratados en los que los países determinan la mejor forma de resolver conflictos de leyes.
- Contiene un elemento particularizante: el término «extranjero» dentro de la relación.
- Forum shopping: consiste en la práctica de los abogados de plantear la solución de sus controversias internacionales ante el tribunal que competa y que, a tenor de la ley aplicable, dará la respuesta jurídica más favorable a sus intereses.
Características del derecho internacional privado
Las principales características de este derecho son:
- Es un derecho privado, es decir, regula relaciones privadas donde no existe interés público.
- Sus destinatarios pueden ser personas físicas o jurídicas, y también pueden ser administraciones públicas siempre que actúen con carácter privado, como otra parte más.
- Se encarga de introducir un marco normativo a las relaciones privadas que se producen en la vida cotidiana entre nacionales y extranjeros.
- Su función principal es delimitar un marco de seguridad jurídica para que las personas conozcan cuál derecho, de qué Estado, se les aplica, y a qué tribunales deben acudir.
- Su finalidad es aportar una respuesta adecuada y justa a los problemas a los que se ven expuestos los ciudadanos como consecuencia de la existencia de una pluralidad de ordenamientos jurídicos independientes y que terminan vinculados por una concreta relación o situación jurídica.
- Sus principales fuentes son los convenios internacionales, los reglamentos, directivas y convenios comunitarios, la ley interna de los Estados y el derecho transnacional.
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