En el mundo laboral existen varias causas por la cual la relación del trabajador y el empleador toman pausas, o como se le llama jurídicamente se suspende el contrato de trabajo. Todo esto está comprendido dentro de un marco legal donde no existe violación alguna a la ley de trabajo. Entonces ¿qué es lo que realmente sucede cuando se suspende un contrato de trabajo?
Lo primero que debe aclararse es que el contrato que está suspendido no ha terminado. Una cosa es suspensión y otra es terminación del mismo. Durante la suspensión, el tiempo de duración del contrato sigue corriendo y se toma en cuenta para los fines de calcular la antigüedad del trabajador en la empresa. Así lo establece el art. 84 del Código Laboral Dominicano: «La duración del contrato continuo incluye los días de fiesta legal, los de descanso semanal, los de vacaciones y los de suspensión de los efectos del contrato de trabajo por cualquiera de las causas enumeradas en el artículo 51, o convenidas por las partes».
Ahora bien, durante la suspensión del contrato, es bueno saber que el trabajador no prestará los servicios y el empleador no pagará los salarios. Quedando esto establecido en el art.50 del Código de Trabajo: «Durante la suspensión de los efectos del contrato de trabajo, el trabajador queda liberado de prestar sus servicios y el empleador de pagar la retribución convenida, salvo disposición contraria de la ley, el convenio colectivo de condiciones de trabajo o el contrato.»
En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de Procedimiento Civil y Derecho Común. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso sin costo alguno y sin compromiso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.
