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Acoso Sexual y su Regulación Legal

El acoso sexual constituye una forma de violencia que atenta contra la dignidad, integridad y libertad de las personas, y está tipificado en la legislación penal para proteger a víctimas en distintos contextos, incluyendo espacios laborales, educativos, familiares y públicos.

1. Acoso sexual general (Artículo 145)

Se considera acoso sexual cuando una persona vigila, persigue, hostiga o asedia a otra con fines sexuales.

Párrafos relevantes:

2. Acoso sexual en espacios públicos (Artículo 146)

Se considera acoso sexual en espacios públicos cuando la persona hostiga, persigue o intimida de manera reiterada a otra en lugares públicos o de acceso público mediante gestos, acciones o expresiones obscenas o degradantes, afectando su dignidad, integridad, libertad o permanencia en el lugar.

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