El derecho económico es una rama del derecho cuyas normas jurídicas establecidas tienen por objeto organizar, disciplinar y controlar las facultades administrativas de la administración pública e impulsar los emprendimientos en la administración privada.
Los Derechos económicos son el conjunto de principios y de reglas de diversas jerarquías, generalmente de un gran derecho público, que inscritas en un orden público económico plasmado en la Constitución Política o carta fundamental, facultan al Estado para planear indicativa o imperativamente el desarrollo económico y social de un país y regular la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por el sistema económico, así como indicar los lineamientos a los cuales se someterá la actividad privada.
El derecho económico es el derecho de la economía política. Esto, que puede parecer un trabalenguas, quiere decir que el derecho económico es un conjunto de normas y conceptos del derecho público, destinados a facilitar la labor del Estado de la planificación económica. Para ello, esta disciplina se relaciona, por ejemplo, con el derecho mercantil.
El derecho económico puede definirse, así, como el derecho que tiene el Estado para regular el concierto de las actividades económicas de un país, siempre de acuerdo a lo contemplado en la Constitución Nacional y las leyes. En ese sentido, es una evidencia del estrecho vínculo existente entre el derecho y la economía.
Fuentes del derecho económico
Las fuentes del derecho económico son los principios económicos básicos contemplados en la Constitución.
Sus fuentes primarias son los principios mismos que orientan los sistemas económicos de una sociedad, es decir, las leyes que constituyen el Orden Público Económico, y junto a ellas los lineamientos de los tratados internacionales suscritos por la nación.
Características del derecho económico
El derecho económico se caracteriza por dirigir, según las leyes establecidas, cómo se debe llevar a cabo la actividad económica de manera organizada en todos los aspectos que abarca.
- El derecho económico es humanista porque tiene como centro al hombre y no tiene relación con otros ajustes económicos de carácter estructural.
- Es dinámico y adaptable a los nuevos procesos económicos impulsados por el desarrollo tecnológico y productivo de los bienes y servicios.
- El derecho económico puede ser complejo al tener normas que favorecen a un sector productivo pero que a su vez desfavorecen a otros sectores económicos y de producción.
- Es concreto debido a las normativas en las cuales se comprende que el derecho económico solo abarca la actividad económica.
- Es nacional e internacional porque la actividad económica y comercial busca traspasar fronteras y ampliar los espacios económicos que abarca.
- El derecho económico es multidisciplinario e interdisciplinario ya que también forma parte de diferentes disciplinas con las cuales se relaciona, por ejemplo, la política, la sociedad, la cultural, entre otras.
Sujetos del derecho económico
El derecho económico atañe a un número de sujetos, o sea, de actores económicos que intervienen de distinta manera y en distinta proporción en la labor productiva y mercantil.
Es decir, es toda persona humana o jurídica que sea capaz de realizar actos jurídicos e intervenir en el proceso económico, independientemente de su naturaleza y condición, serán considerados sujetos del derecho económico. Son ejemplos de ello:
- El Estado,
- Las instituciones bancarias,
- Los agentes de valores,
- Las empresas,
- El público consumidor.
Derecho económico internacional
El derecho económico internacional es el conjunto de normas que regulan las operaciones y relaciones económicas internacionales y rige los procesos de producción de bienes y su intercambio cuando trasciende fronteras entre un país y otro.
Sin embargo, las normativas que regulan los intercambios económicos internacionales también pueden estar regidos por diferentes ordenamientos jurídicos tanto del derecho internacional público, del derecho internacional privado o del derecho interno de cada país.
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