En el derecho marítimo internacional, la delimitación de fronteras entre Estados con costas opuestas o adyacentes es uno de los temas más complejos y sensibles. El principio de equidistancia (o método de la línea media equidistante) es un criterio técnico ampliamente utilizado para trazar esas fronteras: consiste en dibujar una línea cuyos puntos están a igual distancia de los puntos más próximos de las líneas de base de cada Estado.
Aunque la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR, 1982) prioriza el objetivo de alcanzar una solución equitativa, la equidistancia suele ser el punto de partida en la práctica y en la jurisprudencia internacional. En la República Dominicana este principio ha cobrado especial relevancia en los últimos años, particularmente en el Acuerdo de Delimitación Marítima con el Reino de los Países Bajos (2021), validado por el Tribunal Constitucional en 2024.
Este artículo explica el principio, su base normativa y su aplicación concreta en el contexto dominicano.
Fundamento Normativo Internacional
La CONVEMAR no impone la equidistancia como regla obligatoria, pero la menciona como método objetivo y frecuente:
- Artículo 15 (Mar territorial): “En caso de que las costas de dos Estados estén situadas frente a frente o sean adyacentes entre sí, ninguno de ellos tendrá derecho, salvo acuerdo en contrario, a extender su mar territorial más allá de la línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base desde las cuales se mida la anchura del mar territorial de cada uno de ellos.”
- Artículos 74 y 83 (Zona Económica Exclusiva y Plataforma Continental): Exigen que la delimitación se haga “mediante acuerdo, sobre la base del derecho internacional… a fin de llegar a una solución equitativa”.
La jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y del Tribunal Internacional del Derecho del Mar ha consolidado un método de tres pasos:
- Trazar una línea provisional de equidistancia.
- Verificar si existen circunstancias relevantes (geográficas, económicas, históricas) que hagan la línea inequitativa.
- Ajustar la línea si es necesario para lograr una solución equitativa (proporcionalidad de costas, no desproporción superior a ~1:9).
La equidistancia es, por tanto, un punto de partida objetivo, pero no el resultado final obligatorio.
El Principio de Equidistancia en la Legislación y Práctica Dominicana
La República Dominicana ratificó la CONVEMAR en 2008 y ha declarado su condición de Estado archipelágico mediante la Ley No. 66-07 (2007). En su declaración interpretativa al ratificar la Convención, el país expresó que privilegia el criterio de equidad sobre la equidistancia, pero reconoce la equidistancia como método válido cuando no existen circunstancias especiales que la distorsionen.
Los acuerdos marítimos firmados por el país han seguido este enfoque pragmático:
| Año | País | Principio aplicado | Resultado principal |
|---|---|---|---|
| 1978 | Colombia | Equidistancia + circunstancias | Línea de delimitación establecida |
| 1979 | Venezuela | Equidistancia + circunstancias | Línea de delimitación establecida |
| 2021 | Reino de los Países Bajos (Aruba, Curazao, Bonaire) | Equidistancia (sin circunstancias relevantes) | Línea media trazada; RD gana ~11 millas náuticas cuadradas netas |
Caso más reciente: Acuerdo con Países Bajos (2021)
Firmado el 5 de julio de 2021 y validado por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia TC/0547/24 (18 de octubre de 2024), este acuerdo delimita las zonas marítimas en el Mar Caribe sur.
- La delimitación se trazó exclusivamente con base en la equidistancia.
- No se identificaron circunstancias geográficas relevantes (islotes distorsionantes, plataforma continental extendida, etc.).
- No existe desproporción significativa en la distribución de áreas marítimas.
- Resultado neto: la República Dominicana gana aproximadamente 11 millas náuticas cuadradas (37,7 km²) respecto de la superposición previa.
El Tribunal Constitucional consideró que, en ausencia de circunstancias especiales, la equidistancia constituye la solución más equitativa, alineándose con la jurisprudencia internacional.
Debate Actual en la República Dominicana
El acuerdo ha generado controversia:
- A favor: Se argumenta que la equidistancia es objetiva, evita conflictos y fortalece la seguridad jurídica. El Gobierno destaca el resultado neto favorable y el respaldo técnico de instituciones (Armada, ANAMAR, Instituto Cartográfico Militar).
- En contra: Algunos sectores y votos disidentes del TC sostienen que no se valoró suficientemente la condición de Estado archipelágico (Ley 66-07) y que se debió priorizar la equidad sobre la equidistancia pura, lo que podría haber otorgado más área a la República Dominicana.
Este debate refleja la tensión clásica entre equidistancia (método técnico) y equidad (resultado justo).