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Nacionalidad estadounidense

La nacionalidad estadounidense representa no solo el vínculo jurídico que une a una persona con los Estados Unidos, sino también la puerta de acceso a un conjunto amplio de derechos civiles, políticos y sociales. Está regulada principalmente por la Constitución de los Estados Unidos, la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y diversas disposiciones reglamentarias.

Existen varias vías por las que una persona puede adquirir la nacionalidad estadounidense: por nacimiento, por naturalización, por derivación o adquisición a través de padres ciudadanos. A continuación, se explican cada una de estas.

1. Nacionalidad por nacimiento (jus soli)

Conforme a la Enmienda 14 de la Constitución de los EE. UU., toda persona nacida en territorio estadounidense y sujeta a su jurisdicción es ciudadana por nacimiento. Esto incluye:

  • Nacidos en cualquiera de los 50 estados, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, Guam, Islas Vírgenes y otros territorios.
  • Hijos nacidos en EE. UU. de padres extranjeros (sin importar su estatus migratorio), siempre que no sean diplomáticos acreditados.

🔹 Este principio de jus soli convierte a EE. UU. en uno de los pocos países que garantiza la ciudadanía automática por el simple hecho de nacer en su territorio.


2. Nacionalidad por nacimiento en el extranjero (jus sanguinis)

Una persona nacida fuera de los EE. UU. puede ser ciudadana por adquisición al nacer si al menos uno de sus padres es ciudadano estadounidense, siempre que se cumplan ciertos requisitos:

Los requisitos específicos varían dependiendo de si los padres están casados, si el ciudadano es el padre o la madre, y la fecha del nacimiento.


3. Nacionalidad por naturalización

La naturalización es el proceso legal mediante el cual un extranjero se convierte en ciudadano estadounidense. Se tramita mediante el Formulario N-400 y requiere el cumplimiento de requisitos legales y administrativos, tales como:

  • Tener al menos 5 años como residente permanente legal (green card), o 3 años si está casado con un ciudadano/a estadounidense.
  • Tener 18 años de edad o más.
  • Demostrar buena conducta moral.
  • Aprobar el examen de inglés y educación cívica (con excepciones para ciertas edades y condiciones médicas).
  • Mostrar lealtad a la Constitución y las leyes de EE. UU. y prestar el Juramento de Naturalización.

4. Nacionalidad por derivación o automática

Algunos hijos menores de edad adquieren la ciudadanía automáticamente cuando:

En estos casos, se puede solicitar un Certificado de Ciudadanía (Formulario N-600) como prueba de dicha nacionalidad.


5. Certificados y pasaportes

Una vez adquirida la nacionalidad por cualquiera de estas vías, las formas de demostrarla incluyen:


Pérdida o renuncia de la nacionalidad

Aunque poco común, la nacionalidad estadounidense puede perderse por:

EE. UU. no exige la renuncia de otras nacionalidades al naturalizarse, por lo que permite la doble nacionalidad, aunque no la fomenta expresamente.

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