Los arbitrios municipales son pagos realizados por los contribuyentes como contraprestación de un servicio público ofrecido por parte de las municipalidades, cuya imposición está delimitada al ámbito territorial de la autoridad que la impone, por lo que carecen de alcance nacional y no pueden colidir, ni con la constitución, ni con la ley. (Sentencia TC/0418/15 del Tribunal Constitucional de República Dominicana)
Los arbitrios municipales son tributos que las alcaldías aplican dentro de su jurisdicción mediante ordenanzas, como una contraprestación por los servicios dados a sus munícipes o por el aprovechamiento que éstos les den a uno de sus bienes, sin tomar en cuenta su capacidad contributiva. Es decir, tienen características mixtas por tener elementos propios de tasa y contribución. En ese sentido, se trata de tasa cuando un munícipe paga un tributo por el hecho de recibir un servicio por parte del ayuntamiento de su municipio.
Los Arbitrios Municipales son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo, los cuales son aprobados mediante Ordenanza, la misma que establece los montos de las tasas que deban pagar los contribuyentes.
Derecho de las alcaldías
Los ayuntamientos podrán establecer arbitrios en el ámbito de su demarcación que de manera expresa establezca la ley, siempre que los mismos no colidan con los impuestos nacionales, con el comercio intermunicipal o de exportación ni con la Constitución o las leyes…
Constitución de 2015 – República Dominicana
Establecimiento de tasas
Los Ayuntamientos podrán establecer mediante ordenanzas, tasas por la utilización exclusiva o el aprovechamiento especial del dominio público municipal, así como por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competen…
Ley 176-07 del Distritos Nacional y los Municipios – República Dominicana
Las clases de arbitrios que existen son:
Arbitrios de limpieza pública: Comprende el servicio de recolección domiciliaria de residuos sólidos, barrido de calles, avenidas, pistas y áreas de beneficio público. Comprende además el servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos.
Arbitrio de Parques y Jardines Públicos: El arbitrio de Parques y Jardines Públicos, comprende el cobro de los servicios de implementación, recuperación, mantenimiento y mejoras de Parques y Jardines de uso y dominio público, recolección de maleza de origen público, transporte y disposición final.
Arbitrio de Serenazgo: El arbitrio de Serenazgo comprende el cobro de los servicios por el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública y atención de emergencias, en procura de la seguridad ciudadana.
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