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Las garantías al procesado en el derecho penal Dominicano

Imagen Para Post 99 1 Penal

1.- La garantía criminal, refiere que un hecho determinado es infracción cuando la ley lo determina así. Es el elemento legal de otro modo. El principio de la legalidad de las penas. Es decir que se imponen las penas que la ley establece.

2.- Garantía procesal, para enjuiciar a alguien hay que cumplir con los procedimientos que la ley establece. Cumplimiento de formalidades que la ley establece. Están contenidos básicamente en el Código de Procedimiento Criminal, que está basado en las disposiciones de la Constitución.

3.-Garantía Ejecutiva: ilustremos con un ejemplo: Si a consecuencia de un robo simple me quieren meter 30 años, el Estado no puede ejecutar esa pena. Porque se refiere a la administración del Estado de las penas. Dicho de otro modo, con otro ejemplo: Un juez dicta una sentencia que impone una condena abusiva fundamentada en hechos falsos, con una pena que la ley dominicana no contempla, entonces el Estado (el fiscal) no puede ejecutarla, porque es ilegal la condena (ahí no importa aquello de autoridad de cosa juzgada, porque simplemente no se puede ejecutar la pena. El estado tiene que ser garante de la legalidad de la condena. No puede aplicar leyes, condenas simplemente porque un juez las dicta. Esa sentencia tiene que estar sometida a ciertas reglas.

Todas las anteriores son garantías al procesado.

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