La teoría procesalista ofrece una perspectiva distinta a la contractualista para comprender la naturaleza del arbitraje. Mientras que la teoría contractualista enfatiza el acuerdo entre las partes, la teoría procesalista se centra en el arbitraje como un proceso jurisdiccional, similar en muchos aspectos a un procedimiento judicial.
Elementos Clave de la Teoría Procesalista
Los elementos clave de la teoría procesalista incluyen:
- Naturaleza jurisdiccional: La teoría procesalista considera que el arbitraje es un mecanismo de ejercicio de la función jurisdiccional.[1]El tribunal arbitral, según esta teoría, tiene el poder de decidir la disputa de manera vinculante para las partes, de forma análoga a un juez.
- Importancia del debido proceso: Al igual que en los procedimientos judiciales, el debido proceso es fundamental en el arbitraje.[1]Las partes tienen derecho a igualdad de trato, a ser viejas, a presentar pruebas ya impugnar la decisión arbitral.
- Aplicación de normas jurídicas: El tribunal arbitral, según la teoría procesalista, aplica normas jurídicas para resolver la disputa, al igual que lo haría un tribunal estatal.[1]
Implicaciones de la Teoría Procesalista
La teoría procesalista tiene varias implicaciones importantes:
- Fundamento del poder del tribunal arbitral: Esta teoría fundamenta el poder del tribunal arbitral en la necesidad de resolver conflictos de manera efectiva y en la función jurisdiccional que desempeña, más que en el mero acuerdo de las partes.
- Importancia de las normas procesales: La teoría procesalista resalta la importancia de las normas procesales en el arbitraje para garantizar la justicia y la equidad del procedimiento.
- Control judicial del laudo arbitral: Esta teoría justifica un mayor control judicial sobre el laudo arbitral para asegurar que se respeten las normas de debido proceso y que la decisión sea conforme a derecho.
Críticas y debates
La teoría procesalista también ha sido objeto de críticas y debates:
- Tensión con la autonomía de la voluntad: Algunos autores argumentan que la teoría procesalista resta importancia a la autonomía de la voluntad de las partes, que es un principio fundamental en el arbitraje.
- Diferencias con los tribunales estatales: Se señala que, a pesar de las similitudes, existen diferencias importantes entre el arbitraje y los procedimientos judiciales, como la elección de los árbitros por las partes y la confidencialidad del proceso.