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La Adopción de Adultos en República Dominicana

 

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Si bien la adopción se asocia comúnmente con la integración de menores a una familia, en República Dominicana también es posible la adopción de personas adultas. Este proceso, regulado por el Código Civil, permite establecer un vínculo legal de filiación entre dos personas mayores de edad, con los derechos y deberes que ello implica.

Requisitos para la adopción de adultos:

El proceso de adopción de adultos es más sencillo que el de menores, ya que se basa principalmente en el consentimiento mutuo.

Adopción internacional:

Un extranjero puede adoptar a un dominicano, y viceversa. Sin embargo, el artículo 345 del Código Civil aclara que la adopción no afecta la nacionalidad del adoptado.

Derechos sucesorales:

El artículo 356 del Código Civil establece que el adoptado y sus descendientes no heredan de los parientes del adoptante. No obstante, tienen los mismos derechos sucesorales sobre el patrimonio del adoptante que los hijos biológicos y sus descendientes.

 

 

 

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