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Instituto Nacional de Ciencias Forenses

Diseno Sin Titulo 12 Derecho

El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), es el órgano técnico, con funciones independientes, cuya razón de ser es brindar auxilios científicos y técnicos a las instituciones investigativas, a los tribunales de la República en las condiciones que establece su marco normativo; y a otras instituciones públicas, privadas y particulares de conformidad con las reglamentaciones internas.

Es considerado una de las principales fortalezas de la Procuraduría General de la República, como organismo de investigación dirigido a analizar científicamente las evidencias relacionadas con los crímenes y delitos, para auxiliar la buena administración de justicia y permitiendo garantizar la legitimidad de los procesos judiciales, mediante el análisis de las evidencias.

Marco Legal

Resolución No. 16956

Decreto del Procurador General de la República, de fecha veinte (20) de diciembre del 2004, que crea el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF).

Ley 454-08

Que crea el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de la República Dominicana. G.O. No. 10491 del 28 de octubre del 2008.

Sedes

El INACIF tiene una Sede Central en el Distrito Nacional, tal como lo establece la Ley, la cual cuenta con (2) unidades de patología forense y cuatro (4) regionales (norte, nordeste, sur y este), donde se distribuyen las responsabilidades jurídicas.

Funciones del INACIF

El INACIF analiza las evidencias, entre ellas cadáveres (Patología), pequeños indicios (trazas), armas de fuego, casquillos y proyectiles (Balística) y las drogas y sustancias controladas decomisadas en toda la geografía Nacional.

Emitimos un informe técnico el cual es remitido al Sistema de Administración de Justicia como aporte a las investigaciones y envía sus peritos a los tribunales cuando son requeridos por las autoridades competentes.

Brindar los informes, peritajes y dictámenes que soliciten las autoridades judiciales y del Ministerio Público, sin perjuicio de las solicitudes que puedan dirigir otras agencias e instituciones públicas o privadas o apoderados privados por mediación judicial o independiente.

Practicar todos los análisis e investigaciones científicas y técnicas con motivo de la ocurrencia de un crimen o delito y de conformidad con la ley o cualquier otro reporte que sean requeridos por el Ministerio Público y las autoridades judiciales.

Establecer protocolos de actuación en las distintas disciplinas científicas y asegurar niveles adecuados de calidad en los informes.

Difundir y promocionar los conocimientos en materia de ciencias forenses y criminalísticas que contribuyan a desarrollar y dinamizar los sectores que actúan en la administración de justicia en el país.

Actuar como centro de referencia en materia propia de su actividad en relación con otras instituciones nacionales afines y con otros institutos de ciencias forenses a nivel internacional.

Efectuar estudios e investigaciones forenses conforme el Plan Nacional de Política Criminal del Estado dominicano, implementado por la Procuraduría General de la República.

Colaborar con entidades educativas y sanitarias a nivel nacional en todas aquellas materias que contribuyan al desarrollo de las ciencias forenses.

Cooperar con organismos nacionales e internacionales en materias relativas a la investigación forense y criminalística, recogiendo y ordenando cuanta información se facilite al respecto.

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