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Inmunidad Parlamentaria en la República Dominicana

Imagen Para Post 60 Penal

 

La Constitución dominicana establece la inmunidad parlamentaria para proteger la función legislativa y garantizar la independencia de los legisladores.

¿En qué consiste la inmunidad parlamentaria?

Según el artículo 86 de la Constitución, ningún senador o diputado puede ser privado de su libertad durante la legislatura sin la autorización de la cámara a la que pertenece, excepto si es sorprendido en flagrante delito.

Protección de la función legislativa:

Alcance y límites de la inmunidad:

Pérdida de la investidura:

  • Los legisladores deben asistir a las sesiones y cumplir con las normas de inhabilidades e incompatibilidades.
  • El incumplimiento de estas normas puede resultar en la pérdida de la investidura, mediante un juicio político.
  • En caso de destitución, el legislador no podrá optar a un cargo en el Congreso Nacional durante los 10 años siguientes.

Inmunidad por opinión:

  • Los legisladores gozan de inmunidad por las opiniones que expresen en las sesiones, según el artículo 85 de la Constitución.

 

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