Blog

Inconstitucionalidad Art. 27, de la Ley 1306-Bis

Diseno Sin Titulo 2 Derecho

El Tribunal Constitucional dominicano dispuso mediante la sentencia TC/0026/21, la insconstitucionalidad del art. 27 de la Ley 1306-Bis, de Divorcio, que hace referencia al divorcio por mutuo consentimiento, el referido artículo disponque que el divorcio por mutuo consentimiento no será admitido sino después de dos años de matrimonio, como tampoco lo será después detreinta años de vida común, ni cuando el esposo tenga por lo menos sesenta años de edad y la mujer cincuenta.

En el proceso de acción directa de inconstitucionalidad, incoada por los señores Newton Francisco Brito Núñez y Manuel de esús Almonte Polanco contra el artículo 27 de la Ley núm. 1306-Bis, sobre divorcio, del veintiuno (21) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937).

Infracciones constitucionales alegadas
Los indicados a ccionantes sostienen que la norma impugnada viola los artículos 39, numerales 3) y 4), 40 numeral (15 y 69 numeral 1 de la Carta Sustantiva.
PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, la acción directa de inconstitucionalidad incoada por los señores Newton Francisco Brito Núñez y Manuel de Jesús Almonte Polanco contra el artículo 27 de la Ley núm. 1306- Bis, sobre divorcio, de veintiuno (21) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937).
SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, la referida acción directa de inconstitucionalidad de la especie, con base en la motivación de la presente sentencia y, en consecuencia, DECLARAR NO CONFORME con la Constitución el artículo 27 de la Ley núm. 1306- Bis sobre divorcio, de veintiuno (21) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937).
TERCERO: DISPONER la comunicación de la presente sentencia, por Secretaría, para los fines correspondientes, tanto a los accionantes, señores Newton Francisco Brito Núñez y Manuel de Jesús Almonte Polanco, como al Senado de la República, a la Cámara de Diputados y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
CUARTO: DECLARAR el presente procedimiento libre de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo
7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
QUINTO: DISPONER su publicación en el Boletín del Tribunal Constitucional.

 

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho constitucional. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y la leyes de la República Dominicana, informando de forma sencilla, clara y oportuna las mejores estrategias que debería seguir resolver la situación o conflicto que le atañe    llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, también, si deseas, puedes chatear con nosotros.

En Carlos Felipe Law Firm somos tus aliados estratégicos en litigios ante los tribunales y derecho procesal judicial, estamos enfocados en brindarte el mejor servicio.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín