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Diferencia entre notificación y emplazamiento

Una notificación, por medio de la cual se hace saber al demandado que se ha presentado una demanda en su contra y que esta ha sido admitida por el juez..

La notificación es un acto jurídico por el cual se comunica legalmente a una persona una resolución judicial para que actúe procesalmente en el juicio mediante los actos que la ley pone a su disposición.​ El Código de Procedimiento Civil del Ecuador la define como «el acto por el cual se pone en conocimiento de las partes, o de otras personas o funcionarios, en su caso, las sentencias, autos y demás providencias judiciales, o se hace saber a quien debe cumplir una orden o aceptar un nombramiento, expedidos por el juez».

Acto procesal de comunicación del tribunal que tiene por objeto dar noticia de una resolucióndiligencia o actuación, a todos los que sean parte en el pleito o la causa y también a quienes se refieran o puedan causar perjuicios, cuando así se disponga expresamente en aquellas resoluciones, de conformidad con la ley.

Las principales formas de notificación son:

Notificación electrónica: notificación que se hace al interesado a través de medios electrónicos.

Notificación fehacientecuando se tiene constancia tanto del contenido como de la recepción del mismo por parte del destinatario.

Notificación infructuosa: cuando una notificación debe hacerse a través de un anuncio publicado en el boletin o gaceta oficial, si los interesados de la notificación son desconocidos, se ignora el lugar de la notificación o si al intentarlo no se ha podido realizar dicha notificación.

​Un emplazamiento, en sentido estricto, el cual otorga al demandado un plazo para que conteste la demanda”. El emplazamiento judicial es cuando un juzgado nos cita o nos da un período de tiempo (plazo) para qué acudamos a la sede del juzgado o del servicio de notificación o realicemos una actuación.

El emplazamiento, en derecho procesal, es una orden de un juez que consiste en otorgar a la parte interesada un plazo para presentarse ante el Tribunal, con el objeto de realizar un acto necesario para el proceso. Por lo general, es un efecto derivado de la presentación de una demanda o de un recurso, que implica la notificación al demandado, recurrente o recurrido y la fijación de un plazo para que comparezca en forma personal. Cuando se trata de procedimientos que no tienen carácter penal, la parte que es emplazada y no se presenta puede padecer las siguientes sanciones: a) si es emplazado como parte demandada, se lo declara en rebeldía y no se paraliza el proceso, que sigue su curso sin citarla ni oírla en adelante, b) si es emplazada por un órgano superior como recurrente, se declara desierto el recurso que interpuso, c) si es emplazada por un órgano superior como recurrido, el recurso se tramita sin su participación.

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