Diccionario Jurídico

Retracto

Derecho que, por ley o convención, se tiene para dejar sin efecto una venta o enajenación hecha a favor de otro y recuperar o adquirir para sí la cosa, por el mismo precio pagado, y ciertos gastos en ocasiones. Por su origen, los retractos se dividen en convencionales y lega­les, según sea la voluntad de las partes o la disposición de la ley la causa de los mismos. I ARRENDATICIO URBANO. Derecho que, por concesión legal, corresponde al inquilino o al arrendatario de un local comercial, para ad­quirir la propiedad de la vivienda o estable­cimiento que ocupa para sus actividades, en caso de ser transmitidos a un tercero, subro­gándose en los derechos y obligaciones del adquirente. I CONVENCIONAL. El que pue­de ejercer el vendedor de una cosa a fin de re­cuperar la propiedad en las circunstancias que haya convenido con el comprador, con devolución del precio y abono de otros gas­tos.

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