La Declaración de Cartagena sobre los refugiados es un instrumento internacional aprobado en 1984 en el ‘Coloquio Sobre la Protección Internacional de los Refugiados en América Central, México y Panamá: Problemas Jurídicos y Humanitarios’ como complemento regional a la Convención de Ginebra de 1951.
La ‘Declaración de Cartagena sobre los Refugiados’ promueve la ratificación de la Convención de Ginebra de 1951 entre aquellos Estados que aún no la habían firmado e impulsa la adopción de normas internas que faciliten su aplicación. Su trascendencia internacional reside en la ampliación de la definición de persona refugiada. Se incluye en la definición a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.
La Declaración de Cartagena recoge el principio de no devolución llama a los países a buscar soluciones duraderas como la repatriación voluntaria o la in tegración local y a realizar esfuerzos para erradicar las causas que originan el problema de las personas refugiadas. Menciona además la difícil situación de las personas desplazadas internas y enfatiza la importancia de normas mínimas para el trato de las personas refugiadas en los flujos masivos
La Declaración es un complemento regional a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 se fundamenta además en otros instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la doctrina de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Convención de la OUA por la que se Regulan los Aspectos Específicos de Problemas de los Refugiados en África de 1969.
La Declaración amplía la definición de refugiado contenida en la Convención de 1951, en su conclusión tercera, incluyendo a las personas que han huido de su país […] porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público (conclusión tercera de la tercera parte). Esto hace de la Declaración de Cartagena un instrumento de protección creativo e innovador que constituye un aporte de América Latina al Derecho Internacional. De este modo la Declaración identifica como personas refugiadas a miles de latinoamericanos que huyen de sus países de origen por situaciones de violencia interna y represión y que hasta entonces no eran reconocidos como tales por la Convención de 1951.
Lea el texto íntegro de la Declaración aquí.
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