El conflicto colectivo se trata de un procedimiento que se invoca debido a un desacuerdo laboral, que necesita una aplicación de normas, análisis, interpretaciones… Como, por ejemplo, el despido de un número de trabajadores superior al de los umbrales marcados legalmente.
Conflicto que afecta a la totalidad de los trabajadores de una empresa o a los integrantes de una determinada categoría profesional, o que forman un determinado grupo, cuando la cuestión suscitada afecta a los intereses generales de los trabajadores.
Se entiende que surge un conflicto colectivo, dentro del ámbito laboral, cuando se plantea una situación conflictiva o una controversia entre el empresario y una pluralidad de trabajadores, y siempre y cuando la misma afecte a intereses generales de los trabajadores. Por tanto no se podrá considerar conflicto colectivo el que se plantea partiendo de cuestiones que afectan sólo a uno o a varios trabajadores. En ningún caso puede plantearse un conflicto colectivo para modificar lo pactado en un convenio colectivo.
Por conflicto laboral se entiende todo aquel problema que puede surgir de una relación laboral. En este caso, se sobreentiende que los conflictos colectivos de trabajo inician por parte de los trabajadores y alguna de sus motivaciones pueden ser incomodidades en cuanto al ambiente de trabajo, salario, trato, condiciones, etc., y estos generalmente ocurren por alguna modificación o incumplimiento de algún término del contrato colectivo.
¿Cuáles son los requisitos de un conflicto colectivo para que sea considerado como tal?
Los requisitos de un conflicto colectivo son los siguientes:
- Ha de afectar a la colectividad de los trabajadores.
- La colectividad ha de ser homogénea.
- Las sentencias que se han dictado han de ser declarativas, y solo en excepciones contengan obligaciones de condena de hacer.
- El conflicto colectivo tiene carácter jurídico.
- Se ha de presentar por medio del procedimiento adecuado para cada supuesto.
- En los conflictos de interpretación no cabe que esta se produzca como consecuencia de un interés individual en que la interpretación que puede afectar al colectivo se ponga en manifiesto.
- La conflictividad por práctica de empresa se puede definir como la existencia de un acuerdo que contiene una interpretación o aplicación controvertidas de una norma estatal o convencional de ámbito general o sectorial.
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