El contrato de trabajo habrá terminado y el trabajador no recibirá ni la indemnización por omisión del preaviso ni el auxilio de cesantía (Art.101:Si como consecuencia de la dimisión surge contención entre las partes y el trabajador prueba la justa causa invocada por él, el tribunal declarará justificada la dimisión y condenará al empleador a las mismas indemnizaciones que prescribe el artículo 95 para el caso de despido injustificado.)
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