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Tránsito Internacional de Mercancías

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El Tránsito Aduanero Internacional es el que permite el paso de mercancías por el país mientras se dirigen a su destino internacional. El Tránsito Aduanero Internacional es el que ocurre desde una aduana de partida hasta otra de destino, en una misma operación, en el curso de la cual se cruzan una o más fronteras internacionales. El régimen aduanero bajo el cual las mercancías sujetas a control aduanero son transportadas desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación de transporte internacional, en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras.

Se considerará que el tránsito de mercancías es internacional cuando se realice conforme a alguno de los siguientes supuestos: La aduana de entrada envíe a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.

Para hacerlo posible, deben cumplirse ciertas formalidades referentes al régimen aduanero bajo el cual las mercancías son transportadas de una aduana a otra.

En el caso del régimen de tránsito aduanero internacional, éste será solicitado por el declarante o su representante legal. Las autoridades aduaneras designarán las administraciones aduaneras habilitadas para ejercer las funciones de control, así como el horario de atención de las mismas.

Características

a) Suspensión del pago de Tributos.

b) Control Aduanero.

c) El transportador tiene que ser solicitado por el declarante.

d) Aplicación del Principio de Buena Fe.

Contribuciones en el Régimen de Tránsito Internacional

La modalidad del Tránsito Aduanero Internacional es un régimen suspensivo de obligaciones tributarias; es decir, no se pagan los impuestos al Comercio Exterior u otros impuestos, simplemente se determinan a efectos de garantizarlos en caso de que las mercancías no lleguen a su destino.

Se trata, pues, de una figura intermedia, ya que se emplea de manera provisional únicamente para que las mercancías transiten por territorio nacional.

Cuando éstas llegan a su destino se someten a otro régimen aduanero, que bien puede ser el de importación o exportación definitiva, con lo cual queda concluido el despacho aduanal.

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