El Pluralismo Jurídico se refiere a la coexistencia de múltiples sistemas jurídicos en un mismo espacio geográfico. Esta definición implica tres aspectos fundamentales:
- Reconocer la diversidad: el derecho oficial, el derecho del Estado, no es el único existente. Existen otras formas de derecho, con sus propias lógicas y mecanismos de regulación social.
- Legitimidad de otras formas de derecho: distintas prácticas jurídicas (justicia indígena, justicias comunitarias, etc.) pueden ser reconocidas como formas válidas de derecho, con sus propias normas, procedimientos e instituciones.
- Relativización del monopolio estatal: la idea de que el Estado tiene el monopolio de la fuerza jurídica se relativiza, ya que existen otros sistemas normativos que operan en la sociedad.
Justificación del Pluralismo Jurídico
El pluralismo jurídico surge como resultado de la búsqueda de un derecho más apegado a la realidad social, en la que coexisten diversas comunidades y culturas que deben ser consideradas con el mismo respeto y reconocimiento que el ordenamiento jurídico estatal.
Implicaciones del Pluralismo Jurídico
El concepto de pluralismo jurídico supone una definición alternativa de derecho. Si se adopta la definición clásica, el derecho se reduce a las normas producidas exclusivamente por el Estado. En cambio, si se acepta la noción de pluralismo jurídico, se pone en cuestión la idea del monopolio de la fuerza estatal y se abre la posibilidad de reconocer otras fuentes de derecho.
Desafíos del Pluralismo Jurídico
El pluralismo jurídico se enfrenta a escenarios de etnocentrismo, violencia, estigmatización y racismo. Si bien las fuentes de pluralismo jurídico son diversas, en el contexto latinoamericano la presencia de fuentes étnicas, específicamente indígenas, es muy significativa.
Más allá de la Auto adscripción Étnica
Es importante reconocer que las prácticas jurídicas indígenas no son exclusivas de un grupo poblacional auto adscrito por su identidad cultural. Estas prácticas se reproducen también en las poblaciones mestizas a través de sus costumbres, actividades y, en general, su «memoria vivida y practicada». Como señala Aquiles Hervas Parra, se trata de un conjunto de manifestaciones que se transmiten de generación en generación, y que en muchos casos no se perciben conscientemente.
