En el caso de la ley penal, el principio de territorialidad significa que el Estado podrá aplicar su derecho penal a las conductas ilícitas ocurridas dentro de los límites de su territorio, o de extensiones jurídicamente aceptadas de éste. La ley penal, de acuerdo al proyecto de ley de Código Penal, se aplica a las infracciones cometidas total o parcialmente en la República Dominicana o cuyos efectos se producen en su territorio, cuya extensión y ubicación están definidos en la Constitución dominicana.
Este principio básico de aplicación de la ley penal en el espacio, define que la ley penal dominicana se aplica a los delitos cometidos en territorio dominicano, con independencia de la nacionalidad del autor o de la víctima.
Si el principio de territorialidad es expresión de la soberanía del estado, los tratados internacionales pueden establecer algún criterio que permita extender la competencia fuera del territorio de un estado: esto significa que la ley dominicana puede ser de aplicación a hechos acaecidos fuera de República Dominicana y, que a hechos acaecidos dentro del territorio español puede ser de aplicación una ley extranjera. En ocasiones, se dará una doble competencia, y ello habrá de ser resuelto por las reglas de derecho internacional penal.
Este principio hace referencia al criterio de conexión de una norma con un territorio. En virtud de este criterio de aplicación de las normas, se entiende que una norma aprobada en un territorio tiene eficacia en el mismo.
El principio de territorialidad de la pena es un criterio especialmente importante en materia penal o sancionadora, ya que determina, basado en un criterio de seguridad jurídica, qué norma va a ser aplicable en qué territorio sin ninguna duda para los ciudadanos.
La justificación de este principio estriba, por un lado, en la tesis de la soberanía territorial según la cual la ley penal se aplica en el ámbito espacial sobre el que ejercita la soberanía el poder de un Estado y, por el otro, cómo señala Mir Puig, en función de la necesidad de los Estados de mantener el orden público dentro de los límites de su territorio.
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