Blog

Principio de matricidad en el derecho notarial

Diseno Sin Titulo 17 1 Penal

Matricidad es el principio en cuya virtud el notario retiene y custodia los documentos originales que ha autorizado, de manera que sólo sus copias auténticas operan en el tráfico y en el proceso. Protocolo es el principio por el que el notario ha de custodiar esos instrumentos originales que retiene en su poder, precisamente formando una colección encuadernada denominada entre nosotros protocolo.

El principio de conservación del instrumento notarial y de matricidad establece que el fedatario retiene y custodia los documentos originales que ha autorizado al hacer constar actos jurídicos o hechos que le consten, estando en posibilidad de expedir las certificaciones correspondientes. Es aquel reconocido como las correcciones, enmiendas, salvedades, notas de referencia y marginales deben de tener su constatación en el tomo de protocolo (la matriz).
El principio de matricidad es aquel en cuya virtud el notario retiene y custodia los documentos originales que ha autorizado de manera que solo sus copias auténticas operan en el tráfico y en el protocolo.
En el derecho dominicano, este principio se encuentra recogido en el artículo 36 de la Ley 140-15, que establece que el protocolo  ess el libro o conjunto de libros que se forma con los folios numerados de las actas notariales instrumentadas entre el primero (1°.) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de cada año, ambas fechas inclusive.
Además, todas las hojas de cada volumen serán foliadas con el orden progresivo que les corresponda, escritas en letras y números.
El protocolo es tutelado por el Estado y custodiado por el notario bajo su exclusiva y estricta responsabilidad, con la supervisión y fiscalización del Colegio Dominicano de Notarios, la Suprema Corte de Justicia y el Archivo General de la Nación.
Los notarios llevarán un Libro Índice de todas las actas auténticas que escrituren. Este índice contendrá la fecha y naturaleza del acta, los nombres de las partes, testigos y la relación del registro de la jurisdicción del notario.
El Libro índice será firmado y sellado por el Presidente(a) del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial a que pertenezca el notario, libre de tasa e impuestos.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho notarial. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
???? 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín