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Poder Judicial mejora compensaciones a jueces y servidores en tribunales

Diseno Sin Titulo 98 Derecho

El Consejo del Poder Judicial aprobó un nuevo Manual de Compensación y Beneficios del Poder Judicial, el cual define las políticas generales en la materia, las escalas salariales, los beneficios y la normativa para la gestión del sistema de compensación y beneficios de los servidores judiciales. Por primera vez en el Poder Judicial se aprueba una herramienta de esta naturaleza.  

El Manual de Compensación tiene como finalidad garantizar la equidad retributiva y la competitividad salarial definiendo escalas de salarios mínimos, medios y máximos, para los distintos puestos, a la vez que contempla los beneficios alternos que el Poder Judicial tiene disponible para sus colaboradores(as). Asimismo, establece la regularización salarial de manera que exista uniformidad en los beneficios por cada categoría de puestos.  

En virtud del artículo 30 de la Ley de Carrera Judicial, el sistema de remuneración estará integrado principalmente por escalas graduales o un único sueldo, aplicable a las distintas categorías de jueces que la indicada ley establece en su artículo 15. Los incrementos salariales progresivos estarán determinados por la antigüedad y la evaluación del desempeño según dispone la ley núm. 327-98 de Carrera Judicial y el Reglamento de Aplicación.  

La medida beneficia a 772 jueces y juezas, basado en una escala que comprende 5 categorías en tres niveles; y a 5,386 servidores judiciales. En el caso de los jueces y juezas, el aumento establecido va desde un 5.78% hasta un 55.83%. 

La decisión adoptada establece que el salario correspondiente al puesto de juez presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, se mantiene sin variación. A los jueces y juezas elegidos para integrar el Consejo del Poder Judicial, se les asignará el salario mensual que estipule su categoría de juez(a), correspondiente al nivel retributivo de dicha categoría. 

Las nuevas disposiciones incluyen entre los beneficios generales, un bono aniversario equivalente a un salario para los jueces y juezas y los servidores judiciales con un año de antigüedad, que se hará efectivo los días 7 de enero de cada año (día del Poder Judicial). Además, el manual contempla la entrega de un bono escolar y un bono vacacional, y dispone de otros beneficios relacionados con la formación profesional de los servidores. 

La Dirección General de Administración y Carrera Judicial deberá realizar un estudio de revisión y propuesta de indexación de los salarios de jueces, juezas y demás servidores(as) judiciales que apliquen en base a las disposiciones del artículo 17 de la Ley núm. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano. 

Esta iniciativa forma parte del proyecto de fortalecimiento de la Carrera Judicial iniciado el pasado año con la aprobación del Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos Judiciales y el ascenso de 161 jueces y juezas a nivel nacional. 

Fuente: Poder Judicial

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