Una de las formas para asegurar un acuerdo contractual es la garantía de fiel cumplimiento, la que acredita las obligaciones que se han estipulado en el documento. De esa forma se podrá indemnizar al asegurado si es que no se cumple con lo definido en el acuerdo. Es un documento que asegura que si una de las partes de un acuerdo no cumple con lo que se comprometió deberá indemnizar al otro participante. De esa forma el afectado que no recibió un servicio o producto se llevará un pago por el tiempo y/o dinero que gastó en un negocio fallido. Una organización que exige en sus acuerdos Garantías de Fiel Cumplimiento es el Estado. De hecho, cuando una empresa se convierte en proveedor de instituciones gubernamentales no sólo deberá firmar un contrato, sino también contratar una garantía.
Es un documento que asegura que si una de las partes de un acuerdo no cumple con lo que se comprometió deberá indemnizar al otro participante. De esa forma el afectado que no recibió un servicio o producto se llevará un pago por el tiempo y/o dinero que gastó en un negocio fallido. Una organización que exige en sus acuerdos Garantías de Fiel Cumplimiento es el Estado. De hecho, cuando una empresa se convierte en proveedor de instituciones gubernamentales no sólo deberá firmar un contrato, sino también contratar una garantía.
Incluso existe información en Mercado Público, donde se explica por qué se exigen garantías: “Tienen por objetivo proteger los intereses fiscales. Se utilizan en contratos de un gran número de productos o servicios, donde puede existir un riesgo de incumplimiento y pueda afectar a los organismos públicos o su servicio”.
¿Cuándo se debe solicitar?
En general las empresas lo exigen cuando existe un riesgo en que el proveedor no cumpla con lo pactado. Esto sucede especialmente cuando lo acordado involucra productos muy numerosos. De esa forma, si el emprendedor o la empresa que entrega el servicio no logra cumplir, deberá indemnizar a su contraparte.
Para garantizar un acuerdo contractual se debe optar por unas de estas opciones:
– Boletas Bancarias. Como su nombre lo dice son emitidos por los bancos.
- Vale Vista: Si bien es un documento muy conocido, porque sus valores son menores a la boleta bancaria, tiene una desventaja para los que quieran licitar y ser proveedor del Estado, y es que no tiene espacio para agregar la glosa que exigen las licitaciones.
- Certificado de fianza: Son emitidos por las Instituciones de Garantía Recíproca que definen la prima mensual o anual que se cobrará. Esta opción es la más beneficiosa porque no inmoviliza fondos y exige menos documentación para su solicitud. Además se puede solicitar de forma remota, lo que ahorra tiempo y dinero a las PYMES.
Otros de los beneficios de los Certificado de fianza son los siguientes:
- No inmoviliza los fondos. Esto quiere decir que el emprendedor puede utilizar esos recursos en capital de trabajo o en otras licitaciones.
- Su solicitud tiene menores costos que la boleta de garantía
- Pueden acceder a los certificados de fianza todas las personas naturales con giro o personas jurídicas. Además de empresas con ventas anuales que no superen las 150.000 UF.
- Como los certificados de fianza no se solicitan a las entidades bancarias, no se informa como deuda, por lo que el emprendedor no queda expuesto en el sistema financiero.
- Como se puede solicitar vía online, se ahorra tiempo, dado que no es necesario acudir a una oficina o a hacer filas para realizar el requerimiento.
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