En general, cuanto no pertenece o es propio, sea su índole material o no, y jurídica o de otra especie. I Atributo, cualidad esencial. I Facultad de gozar y disponer ampliamente de una cosa. I Objeto de ese derecho o dominio.I Predio o finca. I Por abreviación, y contraponiéndolo al usufructo, la nuda propiedad (v.). I Defecto opuesto al voto de pobreza en que incurre el profeso al usar como propia alguna cosa. I HORIZONTAL. Denominación difundida para designar el derecho, común en parte y privativo en otra, resultante de corresponder una misma casa a distintos propietarios, dueños exclusivos cada uno de ellos de un piso, departamento u otra vivienda independiente. I INDUSTRIAL. La que adquiere por sí mismo el inventor o descubridor con la creación o descubrimiento de cualquier invento relacionado con la industria; y el productor, fabricante o comerciante, con la creación de signos especiales con los que aspira a distinguir de los similares los resultados de su trabajo (art. Io de la Ley esp. de Prop. Ind.). I INTELECTUAL En lo científico, literario y artístico, lo mismo que derecho de autor. I RURAL o RÚSTICA. El conjunto de fincas o heredades cultivables, y por extensión a la ganadería o forestales. I URBANA. La comprensiva de las edificaciones, singularmente en los centros poblados.
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