Diccionario Jurídico

Emergencia

En correcto castellano, la voz significa ocu­rrencia o accidente, y el hecho de brotar o sa­lir el agua; sin embargo, por evidente anglicis­mo, se le atribuyen los sentidos de urgencia, necesidad, alarma o excepción. El término causa estragos en ciertos países americanos. Así, además de ser locuciones oficiales estado de emergencia y ley de emergencia (v.), se ha­bla de medidas de emergencia para referirse a las disposiciones provisionales en casos apre­miantes para el bien público o la seguridad general.

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