Del latín domus y coló, de domun colere, habitar una casa. I AD LITEM. El constituido especialmente para un litigio, que a veces no coincide con el real por razones de conveniencia profesional. (V. domicilio legal.) I ACCIDENTAL. Residencia pasajera o morada eventual. I COMERCIAL. Se entiende por éste el lugar del establecimiento mercantil o la sede principal de una sociedad o de un hombre de negocios, ya coincida o no con su domicilio o vivienda particular. I CONYUGAL. El que corresponde al matrimonio; y, de vivir separados más o menos temporalmente, el del marido, como cabeza o jefe de familia. I ESPECIAL. El que las partes convienen para el cumplimiento de las obligaciones. I LEGAL, Es el lugar «donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, q*ue una persona reside de una manera permanente para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente». I REAL. Para las personas individuales en el lugar donde tienen establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios.
¡Pregúntanos Sin Costo!
En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país
Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal.