Diccionario Jurídico

Cartera

En el vocabulario comercial, valores o efectos comerciales de curso legal que forman parte del activo de un comerciante, banco o socie­dad, y, por extensión de un particular (Dic. Acad.). Puede ser no solo de valores, sino también de seguros, de títulos y de créditos. Con referencia a cierta clase de empleados, se dice que tienen cartera cuando, además de otras posibles retribuciones, conservan inde­finidamente el derecho de percibir el porcen­taje convenido, en todas las operaciones re­alizadas por la empresa con los clientes que ellos han proporcionado, como es frecuente con los agentes de seguros y con los viajantes de comercio (v.).

En el vocabulario político, especialmente en los regímenes parlamentarios, departa­mento ministerial cuya jefatura y dirección es confiada a un ministro (v.): Justicia, Relacio­nes Exteriores, Interior, Educación. De ahí que se denomine ministro sin cartera a quien, integrando el gabinete, no tiene a su cargo ningún departamento ministerial.

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