Tributo o gravamen que se impone a una persona o cosa. I Obligación que se contrae por razón de estado, empleo u oficio. I También, la condición natural en un contrato, estipulada por las partes. I Servidumbre, censo, hipoteca u otro gravamen real sobre inmuebles. I DE JUSTICIA. Obligación contraída por el Estado español de indemnizar a los sucesores de los antiguos dueños de oficios o derechos enajenados de la corona, a los poseedores de privilegios o donaciones reales y a quienes por título oneroso deben percibir algunas cantidades. I DE LA PRUEBA. La obligación de probar lo alegado, que corresponde a la parte que afirma, en virtud del principio latino: «actori incumbit onus pro-bandi» (al actor le incumbe la carga de la prueba), mientras al demandado sólo le corresponde la prueba de las excepciones por él opuestas. I PÚBLICA. Prestación personal irrcnunciable que, en beneficio del Estado o de otra corporación pública, se impone con carácter gratuito a los particulares. I Tributo económico que se paga al Estado. (V. contribución, IMPUESTO)
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