Diccionario Jurídico

Arras

Lo que se da en prenda o seguridad del cum­plimiento de un contrato. I Se usa también en los contratos matrimoniales, como señal de los esponsales contraídos y en prenda del futuro matrimonio. I Asimismo, la donación que el hombre hace a la mujer para seguri­dad de la dote o como remuneración de ella. No puede exceder de la décima parte de los bienes presentes.

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