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Cuota tributaria

Diseno Sin Titulo 14 1 Legal

En Derecho tributario, la cuota tributaria es la cantidad que debe ingresar el sujeto pasivo por la realización del hecho imponible de un tributo, de acuerdo con la aplicación de los elementos de cuantificación previstos en la normativa del tributo. La cuota tributaria es el componente necesario y esencial de la deuda tributaria. Esta deuda estará formada junto a la cuota por algunos elementos de contenido accidental o eventual, como son intereses de demora y distintos tipos de recargos derivadas de algún incumplimiento por el sujeto pasivo.

La cuota tributaria, en los tributos denominado de cuota variable, es el resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base imponible o a la liquidable, mientras que en los tributos de cuota fija, la cuota íntegra será la cantidad señalada directamente como tal por la norma reguladora.

El Diccionario de la Real Academia Española define la cuota tributaria como “cantidad de dinero que corresponde pagar a un sujeto pasivo como consecuencia de la aplicación de un tributo”, por lo tanto con este término nos referimos a lo que tenemos que pagar como consecuencia de que se nos aplique un tributo.

La Cuota tributaria sobre una factura se va a generar cuando al monto imponible del producto o servicio, se le aplique el impuesto correspondiente. Es decir, es el resultado final de la base imponible y del impuesto. Todas las empresas, negocios o personas físicas que emiten facturas, tienen la obligación de detallar en la misma el impuesto que se aplicará sobre el valor del bien o servicio comercializado.

La cuota tributaria en una factura

La normativa de facturación señala que la cuota tributaria, junto al tipo impositivo, ha de figurar obligatoriamente en las facturas, salvo en las excepciones señaladas antes.

En una plantilla de factura legal, la cuota tributaria ha de quedar bien visible y distinguible de la base imponible.

Tomando el ejemplo anterior, el total debería quedar desglosado de la siguiente forma:

Base imponible = RD$100 (subtotal)

Cuota tributaria = RD$18 (ITBIS)

Importe final = RD$118 (total)

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