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Cohecho y tráfico de influencias

La corrupción en la función pública es uno de los problemas más persistentes en los Estados contemporáneos, afectando la confianza ciudadana, la equidad en la gestión del Estado y el desarrollo económico. En el Código Penal Dominicano, los delitos de cohecho y tráfico de influencias están claramente tipificados, estableciendo sanciones tanto para los funcionarios como para los particulares que buscan beneficiarse indebidamente de la administración pública.

Cohecho: Activo y pasivo

El cohecho se manifiesta de dos formas:

  1. Cohecho activo: Se produce cuando un particular ofrece, entrega o promete valores, dádivas o cualquier ventaja a un funcionario público con el objetivo de inducirlo a ejecutar o abstenerse de realizar un acto propio de sus funciones. La ley sanciona esta conducta con cuatro a diez años de prisión mayor y multas proporcionales al beneficio involucrado.
  2. Cohecho pasivo: Se da cuando el propio funcionario solicita o acepta beneficios indebidos para cumplir o abstenerse de cumplir con su deber. Este acto vulnera directamente la integridad del Estado, y se castiga con cinco a diez años de prisión mayor, además de multas equivalentes.

Ambas modalidades buscan proteger la imparcialidad, legalidad y neutralidad de la función pública, sancionando tanto al corruptor como al funcionario corrompido.

Tráfico de influencias: Activo y pasivo

El tráfico de influencias es otra manifestación de corrupción que no siempre requiere entrega directa de dinero, pero sí implica manipulación indebida del poder:

  • Tráfico de influencias activo: Cuando un funcionario utiliza su cargo o relaciones personales para influir en otros funcionarios y obtener un beneficio económico indebido para sí o para terceros.
  • Tráfico de influencias pasivo: Cuando un particular se aprovecha de sus vínculos con funcionarios para inducir decisiones que le favorezcan económicamente, ofreciendo contraprestaciones a cambio.

La ley establece para ambas modalidades penas de cinco a diez años de prisión mayor, reforzadas por multas que buscan reflejar la magnitud de la infracción.

Penas complementarias

Además de la prisión y las multas, el Código Penal contempla penas complementarias: inhabilitación para ejercer funciones públicas, decomiso de bienes obtenidos ilícitamente y medidas de seguimiento sociojudicial. Estas sanciones buscan impedir la reincidencia y garantizar la reparación del daño a la administración pública.

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